Alcalá de Henares (BOCM-20201105-52)
Urbanismo. Estatutos entidad conservación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 271

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020

Pág. 141

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52

ALCALÁ DE HENARES
URBANISMO

BOCM-20201105-52

La excelentísima Junta de Gobierno Municipal, en sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2020 adoptó, por unanimidad de sus miembros, entre otros, acuerdo sobre aprobar la propuesta presentada y, en consecuencia:
1.o La aprobación definitiva de la Modificación Puntual de los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación del Sector del 32-C del PGOU, referida al
artículo 38.
2.o Proceder a la publicación del presente acuerdo en el BOCM, dándose traslado al
Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid, y notificado individualmente a todos propietarios integrantes de la Entidad.
Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo -Servicio de Planeamiento y Gestión
Urbanística- a los efectos oportunos.
Frente al presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en el
plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación. Transcurrido dicho
plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que corresponda en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.
En el supuesto de que interponga el recurso potestativo de reposición, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por este Ayuntamiento en el plazo de un
mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado antes citado por
el plazo de un seis meses contado a partir del día siguiente al de terminación del plazo para
resolver expresamente. Si dicho recurso potestativo de reposición fuera expresamente resuelto por este Ayuntamiento, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquél en que se notifique
la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.
Todo ello según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y
sin perjuicio de que considere ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.
Alcalá de Henares, a 28 de septiembre de 2020.—La TAG, jefe de Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, P. D. F. del Secretario Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de 23 de 2020, Julia María Sánchez.
(02/24.756/20)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791