Madrid número 33 (BOCM-20201105-160)
Procedimiento 609/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 271
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 271
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
160
MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 609/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D. ILIE COSTEL y D. MIHAI PINTILIE frente a IVASER CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MANTENIMIENTOS, SL sobre Despidos / Ceses en general se
ha dictado las siguientes resoluciones:
(Auto de Acumulación):
“Se ACUERDA LA ACUMULACIÓN a los presentes autos nº 609/2020, del que se
sigue también en este Juzgado con el número DSP 676/2020, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos”.
(Sentencia)
“Estimo las demandas formuladas por D. ILIES COSTEL y D. MIHAI PINTILIE declaro la improcedencia de los despidos efectuados el 14-2-2020 por el empresario IVASER
CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MANTENIMIENTO SL y, previa extinción de la
relación entre las partes, le condeno a indemnizarles con las sumas de 428,25 y 471,07
euros respectivamente. Asimismo deberá abonarles los salarios dejados de percibir desde
la fecha del cese hasta la notificación de esta sentencia.
También condeno a la demanda a que por salarios pendientes les abone 2.845,79 euros
al Sr. Costel y 3.374,28 euros al Sr. Pintilie.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación”.
(Auto de aclaración de sentencia)
“Mantener la sentencia dictada
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno….”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a IVASER CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MANTENIMIENTOS, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a ocho de octubre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.095/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20201105-160
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 271
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 271
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
160
MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 609/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D. ILIE COSTEL y D. MIHAI PINTILIE frente a IVASER CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MANTENIMIENTOS, SL sobre Despidos / Ceses en general se
ha dictado las siguientes resoluciones:
(Auto de Acumulación):
“Se ACUERDA LA ACUMULACIÓN a los presentes autos nº 609/2020, del que se
sigue también en este Juzgado con el número DSP 676/2020, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos”.
(Sentencia)
“Estimo las demandas formuladas por D. ILIES COSTEL y D. MIHAI PINTILIE declaro la improcedencia de los despidos efectuados el 14-2-2020 por el empresario IVASER
CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MANTENIMIENTO SL y, previa extinción de la
relación entre las partes, le condeno a indemnizarles con las sumas de 428,25 y 471,07
euros respectivamente. Asimismo deberá abonarles los salarios dejados de percibir desde
la fecha del cese hasta la notificación de esta sentencia.
También condeno a la demanda a que por salarios pendientes les abone 2.845,79 euros
al Sr. Costel y 3.374,28 euros al Sr. Pintilie.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación”.
(Auto de aclaración de sentencia)
“Mantener la sentencia dictada
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno….”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a IVASER CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MANTENIMIENTOS, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a ocho de octubre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.095/20)
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ISSN 1989-4791
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Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.