Madrid número 18 (BOCM-20201105-119)
Ejecución 95/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 271
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 223
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
119
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA PILAR ORTIZ MARTÍNEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del
Juzgado de lo Social n.º 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 95/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de DOÑA ANA CRISTINA MOLINA ESPINAL frente a SERVICIOS Y SISTEMAS PROFESIONALES PROLIFERADOS, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se
ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1.680,93 euros de principal; 280,00 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional
total del ejecutado SERVICIOS Y SISTEMAS PROFESIONALES PROLIFERADOS, S. L.,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta
de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2516-0000-64-0095-20.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a SERVICIOS Y SISTEMAS PROFESIONALES PROLIFERADOS, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 9 de octubre de 2020.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201105-119
(03/26.183/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 271
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 223
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
119
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA PILAR ORTIZ MARTÍNEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del
Juzgado de lo Social n.º 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 95/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de DOÑA ANA CRISTINA MOLINA ESPINAL frente a SERVICIOS Y SISTEMAS PROFESIONALES PROLIFERADOS, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se
ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1.680,93 euros de principal; 280,00 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional
total del ejecutado SERVICIOS Y SISTEMAS PROFESIONALES PROLIFERADOS, S. L.,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta
de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2516-0000-64-0095-20.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a SERVICIOS Y SISTEMAS PROFESIONALES PROLIFERADOS, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 9 de octubre de 2020.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201105-119
(03/26.183/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791