Madrid número 16 (BOCM-20201105-113)
Ejecución 85/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 271
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
113
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 85/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA TERESA VILLAR MARIN frente a BAGATELLE
FASHION SL sobre Ejecución de Títulos No Judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
“Despachar orden general de ejecución de acta de conciliación extrajudicial a favor de
la parte ejecutante, D./Dña. MARIA TERESA VILLAR MARIN, frente a la demandada
BAGATELLE FASHION SL, parte ejecutada, por un principal de 4.349,36 EUROS, más
434,94 EUROS y 434,94 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2514-0000-64-0085-20.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a BAGATELLE FASHION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de octubre de dos mil veinte.
BOCM-20201105-113
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.023/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 271
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
113
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 85/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA TERESA VILLAR MARIN frente a BAGATELLE
FASHION SL sobre Ejecución de Títulos No Judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
“Despachar orden general de ejecución de acta de conciliación extrajudicial a favor de
la parte ejecutante, D./Dña. MARIA TERESA VILLAR MARIN, frente a la demandada
BAGATELLE FASHION SL, parte ejecutada, por un principal de 4.349,36 EUROS, más
434,94 EUROS y 434,94 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2514-0000-64-0085-20.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a BAGATELLE FASHION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de octubre de dos mil veinte.
BOCM-20201105-113
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.023/20)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791