Madrid número 3 (BOCM-20201105-86)
Ejecución 113/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 271

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
86

MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DON ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del
Juzgado de lo Social n.º 3 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 113/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de DON JUAN ANTONIO QUIJANO RODRÍGUEZ frente a MP GRAMAR, S. L.,
sobre ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
AUTO
En Madrid, a 5 de octubre de 2020.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante DON JUAN ANTONIO QUIJANO RODRÍGUEZ frente a MP GRAMAR, S. L.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la entidad Banco Santander número de cuenta 2501-0000-64-0113-20.
Así, por éste su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
DON FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DON ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 6/7/2020, a la empresa MP GRAMAR, S. L., en favor del/de los demandante/s DON JUAN ANTONIO QUIJANO RODRÍGUEZ y, previo a su resolución, se
acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social,
sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 28/1/2021, a las 9:10 horas, que solo versará
sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con
todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal
forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de

BOCM-20201105-86

En Madrid, a 5 de octubre de 2020.