Coslada (BOCM-20201104-56)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 528
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 270
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
COSLADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el 27 de octubre de 2020, adoptó los acuerdos correspondientes al punto número 6 de dicha sesión:
Primero.—Aprobar inicialmente la modificación del presupuesto, en lo que a su anexo
de subvenciones se refiere, incluyendo en el mismo la siguientes subvenciones nominativas para el ejercicio 2020:
CIF
G79465845
G79449419
G79465357
G79540209
G79524963
G80994247
G80764822
G79488656
G87423091
G81250946
G79650552
G79453635
G78383189
G86403094
ENTIDAD
Unión Atlética Coslada
Club Baloncesto Coslada
Club Balonmano Coslada
Club Unión Ciclista Coslada
Club Deportivo Coslada de Fútbol
Club Deportivo Deporcoslada FS
Federación Madrileña Deportes Parálisis Cerebral
Club Gimnástico Coslada
Club Deportivo Elemental de Judo Coslada
Club Karate Coslada
Club Patinaje Coslada
Club Tenis de Mesa Coslada
Club Voleibol Coslada
Unión de Cooperativas de Trabajo Madrileñas, COOPERAMA
IMPORTE
5.070,00€
22.386,00€
12.324,00€
1.456,00€
15.600,00€
7.332,00€
1.531,50€
17.238,00€
5.400,00€
6.527,52€
16.848,00€
312,00€
7.020,00€
8.517.87€
Segundo.—Exponer al público el acuerdo de aprobación inicial adoptado, por un plazo de quince días, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. La modificación de crédito se considerará definitivamente aprobada si durante el citado
plazo no se hubieran presentado reclamaciones, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 177.2 del TRLRHL, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004.
BOCM-20201104-56
Coslada, a 27 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/28.519/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 270
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AYUNTAMIENTO DE
56
COSLADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el 27 de octubre de 2020, adoptó los acuerdos correspondientes al punto número 6 de dicha sesión:
Primero.—Aprobar inicialmente la modificación del presupuesto, en lo que a su anexo
de subvenciones se refiere, incluyendo en el mismo la siguientes subvenciones nominativas para el ejercicio 2020:
CIF
G79465845
G79449419
G79465357
G79540209
G79524963
G80994247
G80764822
G79488656
G87423091
G81250946
G79650552
G79453635
G78383189
G86403094
ENTIDAD
Unión Atlética Coslada
Club Baloncesto Coslada
Club Balonmano Coslada
Club Unión Ciclista Coslada
Club Deportivo Coslada de Fútbol
Club Deportivo Deporcoslada FS
Federación Madrileña Deportes Parálisis Cerebral
Club Gimnástico Coslada
Club Deportivo Elemental de Judo Coslada
Club Karate Coslada
Club Patinaje Coslada
Club Tenis de Mesa Coslada
Club Voleibol Coslada
Unión de Cooperativas de Trabajo Madrileñas, COOPERAMA
IMPORTE
5.070,00€
22.386,00€
12.324,00€
1.456,00€
15.600,00€
7.332,00€
1.531,50€
17.238,00€
5.400,00€
6.527,52€
16.848,00€
312,00€
7.020,00€
8.517.87€
Segundo.—Exponer al público el acuerdo de aprobación inicial adoptado, por un plazo de quince días, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. La modificación de crédito se considerará definitivamente aprobada si durante el citado
plazo no se hubieran presentado reclamaciones, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 177.2 del TRLRHL, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004.
BOCM-20201104-56
Coslada, a 27 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/28.519/20)
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