Majadahonda (BOCM-20201104-61)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
Pág. 536
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 270
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
MAJADAHONDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Ayuntamiento de Majadahonda, en Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de octubre de 2020, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación de las bases de subvenciones a clubes y entidades deportivas para el período 2020-2023, que se indican a continuación se reflejan:
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
A CLUBES DEPORTIVOS DEL MUNICIPIO DE MAJADAHONDA PARA
LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN MATERIA DE DEPORTES
La Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, consagra,
en su título I, artículo 2.1.b), como principio rector de la política deportiva, el “fomento, protección y regulación del asociacionismo deportivo”; artículo 2.1.g) “La promoción de la competición deportiva de rendimiento”, y en su artículo 21, como competencia de la Administración Pública Deportiva, la de conceder subvenciones a las Federaciones Deportivas y demás
Entidades y Asociaciones Deportivas para el cumplimiento de los fines previstos en la citada
Ley, entre los que, con carácter prioritario, se incluye la promoción deportiva, en este caso a
través de las escuelas deportivas como fundamento del deporte de base.
Asimismo el Ayuntamiento tiene competencia en base a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que dispone en
su artículo primero, “Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Ocho. El artículo 25 queda redactado como sigue:
2. El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de
la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: (…)
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre (…)”.
La Ley 15/1994, en el título IV establece dentro de la categoría de clubes las modalidades de elementales y básicos, atendiendo a sus dimensiones; se regulan también entre
otras las Agrupaciones Deportivas, y las Federaciones Deportivas de la Comunidad de
Madrid.
En el ámbito municipal para la promoción de las actividades deportivas, desarrollan un
papel fundamental los Clubes Deportivos y Agrupaciones Deportivas integrados en la estructura de la organización deportiva privada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la
citada Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, y especialmente aquellas que realizan actividades en el ámbito de las modalidades oficialmente reconocidas.
La contribución que los clubes deportivos realizan a la promoción del deporte municipal tanto en categorías inferiores como en las de alto rendimiento, requiere un esfuerzo humano, deportivo y técnico, así como la inversión de unos recursos que justifican la concesión de ayudas procedentes de la Administración Local.
Es asimismo importante para Majadahonda, contar con clubes deportivos y deportistas en competiciones de élite, que aseguren la completa trayectoria del deportista, a la vez
que sirvan de estímulo para los deportistas de las categorías inferiores.
Las ayudas a los Clubes y Agrupaciones Deportivas de Majadahonda se configuran,
por lo tanto, como instrumentos básicos de apoyo para el fomento y promoción, tanto del
asociacionismo deportivo, como del deporte en el ámbito territorial del Municipio.
Estas ayudas son aún más necesarias en aquellas modalidades deportivas consideradas
minoritarias, que desarrollan competiciones al máximo nivel sin gozar de la difusión en los
medios de comunicación, factor que dificulta poder contar con el apoyo de patrocinadores.
Por último, y de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se trami-
BOCM-20201104-61
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Pág. 536
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 270
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
MAJADAHONDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Ayuntamiento de Majadahonda, en Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de octubre de 2020, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación de las bases de subvenciones a clubes y entidades deportivas para el período 2020-2023, que se indican a continuación se reflejan:
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
A CLUBES DEPORTIVOS DEL MUNICIPIO DE MAJADAHONDA PARA
LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN MATERIA DE DEPORTES
La Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, consagra,
en su título I, artículo 2.1.b), como principio rector de la política deportiva, el “fomento, protección y regulación del asociacionismo deportivo”; artículo 2.1.g) “La promoción de la competición deportiva de rendimiento”, y en su artículo 21, como competencia de la Administración Pública Deportiva, la de conceder subvenciones a las Federaciones Deportivas y demás
Entidades y Asociaciones Deportivas para el cumplimiento de los fines previstos en la citada
Ley, entre los que, con carácter prioritario, se incluye la promoción deportiva, en este caso a
través de las escuelas deportivas como fundamento del deporte de base.
Asimismo el Ayuntamiento tiene competencia en base a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que dispone en
su artículo primero, “Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Ocho. El artículo 25 queda redactado como sigue:
2. El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de
la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: (…)
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre (…)”.
La Ley 15/1994, en el título IV establece dentro de la categoría de clubes las modalidades de elementales y básicos, atendiendo a sus dimensiones; se regulan también entre
otras las Agrupaciones Deportivas, y las Federaciones Deportivas de la Comunidad de
Madrid.
En el ámbito municipal para la promoción de las actividades deportivas, desarrollan un
papel fundamental los Clubes Deportivos y Agrupaciones Deportivas integrados en la estructura de la organización deportiva privada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la
citada Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, y especialmente aquellas que realizan actividades en el ámbito de las modalidades oficialmente reconocidas.
La contribución que los clubes deportivos realizan a la promoción del deporte municipal tanto en categorías inferiores como en las de alto rendimiento, requiere un esfuerzo humano, deportivo y técnico, así como la inversión de unos recursos que justifican la concesión de ayudas procedentes de la Administración Local.
Es asimismo importante para Majadahonda, contar con clubes deportivos y deportistas en competiciones de élite, que aseguren la completa trayectoria del deportista, a la vez
que sirvan de estímulo para los deportistas de las categorías inferiores.
Las ayudas a los Clubes y Agrupaciones Deportivas de Majadahonda se configuran,
por lo tanto, como instrumentos básicos de apoyo para el fomento y promoción, tanto del
asociacionismo deportivo, como del deporte en el ámbito territorial del Municipio.
Estas ayudas son aún más necesarias en aquellas modalidades deportivas consideradas
minoritarias, que desarrollan competiciones al máximo nivel sin gozar de la difusión en los
medios de comunicación, factor que dificulta poder contar con el apoyo de patrocinadores.
Por último, y de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se trami-
BOCM-20201104-61
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS