Madrid número 2 (BOCM-20201104-114)
Procedimiento 62/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 621
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
114
MADRID NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 62/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ESTHER GARCIA SANCHEZ frente a FOGASA y FERNANDEZ DIAZ DE ESPADA MARCOS S.L.N.E. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
ESTIMO la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dña
ESTHER GARCÍA SÁNCHEZ frente a la empresa FERNÁNDEZ DÍAZ DE ESPADA
MARCOS SLN, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que le abone 16.613,83 euros, y al abono del 10% de interés por mora.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese esta sentencia a las parte advirtiendo que contra ella podrá interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por
comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de ésta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le
practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá al tiempo de anunciar el recurso, depositar la cantidad de 300 euros acreditándolo mediante la presentación del justificante de
ingreso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado la cantidad
objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a éste Juzgado con el anuncio
del recurso. El depósito y consignación deberá ser ingresado a nombre del Juzgado de lo
Social nº 2 de Madrid mediante transferencia bancaria o en efectivo en cualquier oficina
del Banco Santander. La transferencia bancaria deberá efectuarse a la cuenta IBAN ES55
0049 3569 92 0005001274 indicando en el campo Observaciones/Concepto de la Transferencia el nº 2500 0000 00 y nº de procedimiento con cuatro dígitos y año con dos dígitos. El ingreso en efectivo se realizará en la cuenta 2500 0000 00 y nº de procedimiento
con cuatro dígitos y año con dos dígitos. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FERNANDEZ DIAZ
DE ESPADA MARCOS S.L.N.E., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a dos de octubre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/25.929/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20201104-114
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 621
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
114
MADRID NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 62/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ESTHER GARCIA SANCHEZ frente a FOGASA y FERNANDEZ DIAZ DE ESPADA MARCOS S.L.N.E. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
ESTIMO la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dña
ESTHER GARCÍA SÁNCHEZ frente a la empresa FERNÁNDEZ DÍAZ DE ESPADA
MARCOS SLN, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que le abone 16.613,83 euros, y al abono del 10% de interés por mora.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese esta sentencia a las parte advirtiendo que contra ella podrá interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por
comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de ésta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le
practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá al tiempo de anunciar el recurso, depositar la cantidad de 300 euros acreditándolo mediante la presentación del justificante de
ingreso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado la cantidad
objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a éste Juzgado con el anuncio
del recurso. El depósito y consignación deberá ser ingresado a nombre del Juzgado de lo
Social nº 2 de Madrid mediante transferencia bancaria o en efectivo en cualquier oficina
del Banco Santander. La transferencia bancaria deberá efectuarse a la cuenta IBAN ES55
0049 3569 92 0005001274 indicando en el campo Observaciones/Concepto de la Transferencia el nº 2500 0000 00 y nº de procedimiento con cuatro dígitos y año con dos dígitos. El ingreso en efectivo se realizará en la cuenta 2500 0000 00 y nº de procedimiento
con cuatro dígitos y año con dos dígitos. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FERNANDEZ DIAZ
DE ESPADA MARCOS S.L.N.E., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a dos de octubre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/25.929/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20201104-114
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.