Madrid número 10 (BOCM-20201104-128)
Procedimiento 187/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 270

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
128

MADRID NÚMERO 10
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
social número 10 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 187/2020 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancia de D./Dña. FELIX DAVID CHECO INFANTE frente a AFFIX REAL STATE,
S.L. y COTRASO 2018 SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente
resolución:
AUTO
En Madrid, a 22 de octubre de 2020.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda aclarar la sentencia número 252/2020, de fecha 16.10.2020, dictada en el
presente procedimiento rectificando el error material expresado, en el sentido que a continuación se dice:
En el penúltimo párrafo del fundamento jurídico tercero donde dice “Aplicando el referido criterio, la indemnización total asciende a 667,26 euros y el importe de los salarios
de tramitación a la cantidad total de 17.591,40 euros”.
Debe decir: “Aplicando el referido criterio, la indemnización total asciende a 2.138,79
euros y el importe de los salarios de tramitación a la cantidad total de 17.591,40 euros.

Debe decir “Que teniendo a la actora pro desistida de su reclamación frente a AFFIX
REAL STATE, S.L. y estimando como estimo la demanda de despido formulada por FELIX DAVID CHECO INFANTE contra COTRASO 2018, S.L., S.L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido articulado sobre dicho trabajador con fecha 4.01.2020
así como la extinción de la relación laboral que les unía, con efectos desde esta resolución
judicial, condenando a la empresa al abono de una indemnización de 2.138,79 euros, así
como salarios de tramitación por importe de 17.591,40 euros desde el despido (31.12.2019)
hasta la extinción de la relación laboral (16.10.2020), con descuento de los períodos en que
haya podido permanecer en situación de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya
podido percibir en posteriores empleos y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado (60,66 d/día)”.
Incorpórese esta resolución al libro de Sentencias/Autos y llévese testimonio a los
autos.

BOCM-20201104-128

En el primer párrafo del fallo donde dice “Que teniendo a la actora pro desistida de su reclamación frente a AFFIX REAL STATE, S.L. y estimando como estimo la demanda de despido formulada por FELIX DAVID CHECO INFANTE contra COTRASO 2018, S.L., debo
declarar y declaro la improcedencia del despido articulado sobre dicho trabajador con fecha
4.01.2020 así como la extinción de la relación laboral que les unía, con efectos desde esta resolución judicial, condenando a la empresa al abono de una indemnización de 667,26 euros, así
como salarios de tramitación por importe de 17.591,4 0euros desde el despido (31.12.2019)
hasta la extinción de la relación laboral (16.10.2020), con descuento de los períodos en que
haya podido permanecer en situación de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya
podido percibir en posteriores empleos y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado (60,66 d/día)”.