Paracuellos de Jarama (BOCM-20201104-68)
Organización y funcionamiento. Ordenanza instalación terrazas de veladores
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 270

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68

PARACUELLOS DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20201104-68

El Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, en sesión ordinaria celebrada el
día 20 de octubre de 2020, acordó aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de veladores.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49.b) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 56 del Real
Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, durante el cual podrá examinarse y presentarse las reclamaciones que se estimen
oportunas, estando el expediente a disposición del público en el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, Departamento de Secretaría, sito en plaza de San Pedro, número 1.
Se entenderá definitivamente aprobada la modificación de la ordenanza reguladora de
la instalación de terrazas de veladores en el caso de que en el plazo señalado no se formulasen reclamaciones y sugerencias, de conformidad con lo indicado en el último párrafo del
citado artículo 49 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En Paracuellos de Jarama, a 22 de octubre de 2020.—El alcalde, Jorge Alberto Campos
Astrúa.
(03/27.896/20)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791