C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20201104-28)
Menciones honoríficas – Orden 2746/2020, de 23 de octubre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se adjudican los Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2019-2020 en la Comunidad de Madrid y se dispone la publicación de los listados correspondientes
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 485
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación y Juventud
28
ORDEN 2746/2020, de 23 de octubre, del Consejero de Educación y Juventud, por
la que se adjudican los Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en
Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2019-2020 en la Comunidad de Madrid y se dispone la publicación de los listados correspondientes.
DISPONGO
Primero
Objeto y ámbito de aplicación
La presente Orden tiene por objeto adjudicar los Diplomas de Aprovechamiento y de
Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria a los alumnos que en el curso
escolar 2019-2020 han sido merecedores de estos, por cumplir los requisitos establecidos
BOCM-20201104-28
Los Diplomas de Aprovechamiento y Mención Honorífica fueron creados mediante la
Orden 2316/2009, de 20 de mayo, de la Consejería de Educación, por la que se crean los
Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria, se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Madrid y se convocan los correspondientes al
curso 2008-2009. Con ellos se quería “reconocer el esfuerzo y el mérito de los alumnos que
se hayan distinguido en sus estudios al finalizar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, en la convicción de que ello constituirá un estímulo para el esfuerzo y un aliciente
para que los escolares, tras la educación obligatoria, prosigan sus estudios”.
Aquella fue sustituida por la Orden 750/2011, de 25 de febrero, por la que se regulan
los Diplomas de Aprovechamiento y los Diplomas de Mención Honorífica y se establecen
las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria.
Esta nueva normativa se establecía “en aras de asegurar la continua mejora de los procedimientos, servicios y prestaciones públicas” y para “aglutinar la anterior regulación y al mismo tiempo introducir algunos elementos que refuercen las garantías del administrado”.
Con motivo de la nueva Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, se aprobó la Orden 784/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria derivados de la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, que en su Disposición Derogatoria Única dejó sin efectos la mencionada Orden 750/2011, de 25 de febrero.
Por este motivo se aprobó la vigente Orden 2199/2017, de 16 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de
Madrid, donde se ha puesto de manifiesto la voluntad de la Comunidad de Madrid por “seguir concediendo los Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria que desde el curso 2008-2009 se vienen otorgando a los alumnos con buen expediente académico”.
En cumplimiento del artículo 3.3 de la Orden 2199/2017, de 16 de junio, las relaciones de solicitudes de Diplomas para el curso 2019-2020 presentadas por los Centros a través de las Direcciones de Área Territoriales han sido remitidas a la Dirección General de
Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial. Habiéndose comprobado que los alumnos propuestos cumplen los requisitos del artículo 2 de la mencionada
Orden, procede, según establece el artículo 4.1, que el titular de la Consejería de Educación
y Juventud adjudique los Diplomas de Aprovechamiento y Mención Honorífica de la Comunidad de Madrid del curso 2019-2020.
Por cuanto antecede, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el
Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud,
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 485
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación y Juventud
28
ORDEN 2746/2020, de 23 de octubre, del Consejero de Educación y Juventud, por
la que se adjudican los Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en
Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2019-2020 en la Comunidad de Madrid y se dispone la publicación de los listados correspondientes.
DISPONGO
Primero
Objeto y ámbito de aplicación
La presente Orden tiene por objeto adjudicar los Diplomas de Aprovechamiento y de
Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria a los alumnos que en el curso
escolar 2019-2020 han sido merecedores de estos, por cumplir los requisitos establecidos
BOCM-20201104-28
Los Diplomas de Aprovechamiento y Mención Honorífica fueron creados mediante la
Orden 2316/2009, de 20 de mayo, de la Consejería de Educación, por la que se crean los
Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria, se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Madrid y se convocan los correspondientes al
curso 2008-2009. Con ellos se quería “reconocer el esfuerzo y el mérito de los alumnos que
se hayan distinguido en sus estudios al finalizar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, en la convicción de que ello constituirá un estímulo para el esfuerzo y un aliciente
para que los escolares, tras la educación obligatoria, prosigan sus estudios”.
Aquella fue sustituida por la Orden 750/2011, de 25 de febrero, por la que se regulan
los Diplomas de Aprovechamiento y los Diplomas de Mención Honorífica y se establecen
las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria.
Esta nueva normativa se establecía “en aras de asegurar la continua mejora de los procedimientos, servicios y prestaciones públicas” y para “aglutinar la anterior regulación y al mismo tiempo introducir algunos elementos que refuercen las garantías del administrado”.
Con motivo de la nueva Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, se aprobó la Orden 784/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria derivados de la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, que en su Disposición Derogatoria Única dejó sin efectos la mencionada Orden 750/2011, de 25 de febrero.
Por este motivo se aprobó la vigente Orden 2199/2017, de 16 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de
Madrid, donde se ha puesto de manifiesto la voluntad de la Comunidad de Madrid por “seguir concediendo los Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica en Educación Secundaria Obligatoria que desde el curso 2008-2009 se vienen otorgando a los alumnos con buen expediente académico”.
En cumplimiento del artículo 3.3 de la Orden 2199/2017, de 16 de junio, las relaciones de solicitudes de Diplomas para el curso 2019-2020 presentadas por los Centros a través de las Direcciones de Área Territoriales han sido remitidas a la Dirección General de
Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial. Habiéndose comprobado que los alumnos propuestos cumplen los requisitos del artículo 2 de la mencionada
Orden, procede, según establece el artículo 4.1, que el titular de la Consejería de Educación
y Juventud adjudique los Diplomas de Aprovechamiento y Mención Honorífica de la Comunidad de Madrid del curso 2019-2020.
Por cuanto antecede, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el
Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud,