Madrid número 34 (BOCM-20201104-162)
Ejecución 28/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 270

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
162

MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 28/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA LOPEZ GUTIERREZ frente a CONEXION MY BUSINESS SERVICIOS DIGITALEES S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado
la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. MARIA LOPEZ GUTIERREZ, frente a la demandada CONEXION MY BUSINESS SERVICIOS DIGITALEES S.L, parte ejecutada, por un principal de 782,50 d, más
23,47 d, y 78,25 d, de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su
posterior liquidación.
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Proceder a la INVESTIGACIÓN JUDICIAL del patrimonio del ejecutado mediante la
aplicación informática del punto neutro judicial en todo aquellos que sea posible y en su
caso librar los despachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia,
tras la realización por éstos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se
recabará la información precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal,
para lograr la efectividad de la obligación pecuniaria que ejecute, de entidades financieras
o depositarias o de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por
sus relaciones jurídicas con el ejecutado deban tener constancia de los bienes o derechos de
éste o pudieran resultar deudoras del mismo.
En caso positivo se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la parte
ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y certificación. Asimismo se
acuerda el embargo de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos
de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad del/a apremiado/a
CONEXION MY BUSINESS SERVICIOS DIGITALEES S.L a favor del/a ejecutado/a, en

BOCM-20201104-162

- REQUERIR a CONEXION MY BUSINESS SERVICIOS DIGITALEES S.L, a fin
de que en el plazo de 10 días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes
para cubrir la cuantía de la ejecución que asciende a 782,50 d, en concepto de principal y
de 23,47 y 78,25 d, en concepto provisional de intereses de demora y costas. Deberá manifestar dicha relación con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre
sus bienes y, de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución. Esta obligación incumbirá, cuando se trate de personas jurídicas, a
sus administradores o a las personas que legalmente las representen y cuando se trate de comunidades de bienes o grupos sin personalidad, a quienes aparezcan como sus organizadores, directores o gestores. En el caso de que los bienes estuvieran gravados con cargas reales, deberá manifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso, la parte pendiente de
pago en esa fecha. En el caso de bienes inmuebles, deberá indicar si están ocupados, por
qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá
ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.