B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20201104-6)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 16 de octubre de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de la totalidad de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, especialidad de Psicología, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de admitidos y excluidos y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la oposición
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 35
Tercero
La inclusión de aspirantes en la relación definitiva de admitidos al proceso selectivo no
supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos
reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para los aspirantes que superen el proceso selectivo, tal y como se indica en la base 8.2 de la Orden 2049/2018, de 6 de noviembre.
Cuarto
Convocar a los aspirantes admitidos para la realización del primer ejercicio de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el referido Tribunal Calificador, el día 21 de
noviembre de 2020, a las 10:00 horas en el Instituto de Educación Secundaria Príncipe Felipe de la Comunidad de Madrid, sito en la calle Finisterre, 60, de Madrid (28029), y que se
desarrollará conforme a lo dispuesto en la base 6.3.1. de la aludida Orden 2049/2018, de 6
de noviembre.
El llamamiento será único para todos los aspirantes admitidos, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo, salvo en los casos alegados y justificados
con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su
celebración, debiendo el citado Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto.
Quinto
No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidos a estas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente Resolución.
Asimismo, los aspirantes admitidos habrán de presentar, inexcusablemente, el original
de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos
válidos para acreditar su identidad. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que
no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistos de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por el aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal de Selección.
Durante la realización del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet o teléfono móvil.
Igualmente, para la realización del ejercicio, los aspirantes deberán ir provistos de bolígrafo azul o negro, que permita hacer uso de papel autocopiativo.
Sexto
Se hará pública, a través de la página web indicada en el apartado primero, como en
los tablones de anuncios de las Oficinas de asistencia en materia de registro, referidas en dicho apartado, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del
primer ejercicio de la oposición, con indicación de la concesión o denegación de la misma,
sin perjuicio de que, en este último caso, se proceda a la notificación individualizada de las
causas de denegación.
Séptimo
Se aceptan las solicitudes de desistimiento de participación en el proceso selectivo de
acceso libre, declarándose el mismo concluso respecto de los aspirantes incluidos en el
Anexo I por la causa “W”, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en
relación con los artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 16 de octubre de 2020.—La Directora General de Función Pública
(firmado).
BOCM-20201104-6
Octavo
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 35
Tercero
La inclusión de aspirantes en la relación definitiva de admitidos al proceso selectivo no
supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos
reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para los aspirantes que superen el proceso selectivo, tal y como se indica en la base 8.2 de la Orden 2049/2018, de 6 de noviembre.
Cuarto
Convocar a los aspirantes admitidos para la realización del primer ejercicio de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el referido Tribunal Calificador, el día 21 de
noviembre de 2020, a las 10:00 horas en el Instituto de Educación Secundaria Príncipe Felipe de la Comunidad de Madrid, sito en la calle Finisterre, 60, de Madrid (28029), y que se
desarrollará conforme a lo dispuesto en la base 6.3.1. de la aludida Orden 2049/2018, de 6
de noviembre.
El llamamiento será único para todos los aspirantes admitidos, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo, salvo en los casos alegados y justificados
con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su
celebración, debiendo el citado Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto.
Quinto
No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidos a estas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente Resolución.
Asimismo, los aspirantes admitidos habrán de presentar, inexcusablemente, el original
de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos
válidos para acreditar su identidad. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que
no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistos de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por el aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal de Selección.
Durante la realización del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet o teléfono móvil.
Igualmente, para la realización del ejercicio, los aspirantes deberán ir provistos de bolígrafo azul o negro, que permita hacer uso de papel autocopiativo.
Sexto
Se hará pública, a través de la página web indicada en el apartado primero, como en
los tablones de anuncios de las Oficinas de asistencia en materia de registro, referidas en dicho apartado, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del
primer ejercicio de la oposición, con indicación de la concesión o denegación de la misma,
sin perjuicio de que, en este último caso, se proceda a la notificación individualizada de las
causas de denegación.
Séptimo
Se aceptan las solicitudes de desistimiento de participación en el proceso selectivo de
acceso libre, declarándose el mismo concluso respecto de los aspirantes incluidos en el
Anexo I por la causa “W”, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en
relación con los artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 16 de octubre de 2020.—La Directora General de Función Pública
(firmado).
BOCM-20201104-6
Octavo