Madrid número 21 (BOCM-20201007-140)
Ejecución 97/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 244
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
140
MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Araceli Crespo Pascual, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social
número 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 97/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de D./Dña. MARGARITA MAGDALENA PAVEZ TAMAYO frente a KIJAMA
FUSION S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.830,66 euros de principal; se declara la insolvencia provisional total del ejecutado KIJAMA FUSION S.L., sin
perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución, hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y
consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco Santander IBAN ES55 0049 3569
9200 0500 1274; concepto 2519-0000-64-0097-20.
Y para que sirva de notificación en legal forma a KIJAMA FUSION S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a uno de septiembre de dos mil veinte.
BOCM-20201007-140
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.494/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 226
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
140
MADRID NÚMERO 21
EDICTO
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Doña Araceli Crespo Pascual, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social
número 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 97/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de D./Dña. MARGARITA MAGDALENA PAVEZ TAMAYO frente a KIJAMA
FUSION S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.830,66 euros de principal; se declara la insolvencia provisional total del ejecutado KIJAMA FUSION S.L., sin
perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución, hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y
consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco Santander IBAN ES55 0049 3569
9200 0500 1274; concepto 2519-0000-64-0097-20.
Y para que sirva de notificación en legal forma a KIJAMA FUSION S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a uno de septiembre de dos mil veinte.
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EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.494/20)
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