Las Rozas de Madrid (BOCM-20201006-55)
Urbanismo. Liquidación reparcelación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 173
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
LAS ROZAS DE MADRID
URBANISMO
BOCM-20201006-55
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2020,
entre otros, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
4.5. Aprobar inicialmente la cuenta de liquidación definitiva relativa a la Reparcelación Económica del ámbito de la Unidad de Ejecución compuesta por las urbanizaciones
“Cruz Verde y Coruña 21” de Las Rozas de Madrid, en la que queda reflejada la distribución definitiva de gastos de urbanización.
«… Con base a los anteriores antecedentes y los informes obrantes en el expediente y
de conformidad con todos ellos, la Junta de Gobierno Local, en votación ordinaria y por
unanimidad de los miembros presentes, acuerda:
Primero.—Aprobar inicialmente la cuenta de liquidación definitiva relativa a la Reparcelación Económica del ámbito de la Unidad de Ejecución compuesta por las urbanizaciones “Cruz Verde y Coruña 21” de Las Rozas de Madrid, en la que queda reflejada la distribución definitiva de gastos de urbanización.
Segundo.—Notificar personal e individualmente el presente acuerdo a todos los propietarios afectados por la cuenta de liquidación definitiva de cuotas de urbanización, informándoles de que contra el presente acuerdo, por ser un acto de trámite, no cabe recurso en
vía administrativa.
Tercero.—Someter el expediente de la cuenta de liquidación definitiva a un período de
información pública por un plazo de veinte días desde la publicación del anuncio de la aprobación inicial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un diario de
los de mayor difusión, así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la web
municipal.
Durante dicho período quedará el expediente de manifiesto en los Servicios Técnicos
Municipales del Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, en horario de atención al público,
de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, y en la sede electrónica de este Ayuntamiento. En
dicho plazo, los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente
para la defensa de sus derechos e intereses.
Para constancia de la resolución recaída en el expediente de su razón y demás efectos,
de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del ROFRJEL, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta, expido la presente, por nombramiento delegación del alcalde-presidente según decreto 543/2020”.
En Las Rozas de Madrid, a 2 de abril de 2020.—El concejal-delegado de Presidencia,
Urbanismo y Portavocía del Gobierno (Decreto 1159 de 13 de marzo de 2020), Gustavo
Adolfo Rico Pérez.
(02/13.106/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 243
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MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 173
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
LAS ROZAS DE MADRID
URBANISMO
BOCM-20201006-55
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2020,
entre otros, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
4.5. Aprobar inicialmente la cuenta de liquidación definitiva relativa a la Reparcelación Económica del ámbito de la Unidad de Ejecución compuesta por las urbanizaciones
“Cruz Verde y Coruña 21” de Las Rozas de Madrid, en la que queda reflejada la distribución definitiva de gastos de urbanización.
«… Con base a los anteriores antecedentes y los informes obrantes en el expediente y
de conformidad con todos ellos, la Junta de Gobierno Local, en votación ordinaria y por
unanimidad de los miembros presentes, acuerda:
Primero.—Aprobar inicialmente la cuenta de liquidación definitiva relativa a la Reparcelación Económica del ámbito de la Unidad de Ejecución compuesta por las urbanizaciones “Cruz Verde y Coruña 21” de Las Rozas de Madrid, en la que queda reflejada la distribución definitiva de gastos de urbanización.
Segundo.—Notificar personal e individualmente el presente acuerdo a todos los propietarios afectados por la cuenta de liquidación definitiva de cuotas de urbanización, informándoles de que contra el presente acuerdo, por ser un acto de trámite, no cabe recurso en
vía administrativa.
Tercero.—Someter el expediente de la cuenta de liquidación definitiva a un período de
información pública por un plazo de veinte días desde la publicación del anuncio de la aprobación inicial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un diario de
los de mayor difusión, así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la web
municipal.
Durante dicho período quedará el expediente de manifiesto en los Servicios Técnicos
Municipales del Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, en horario de atención al público,
de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, y en la sede electrónica de este Ayuntamiento. En
dicho plazo, los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente
para la defensa de sus derechos e intereses.
Para constancia de la resolución recaída en el expediente de su razón y demás efectos,
de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del ROFRJEL, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta, expido la presente, por nombramiento delegación del alcalde-presidente según decreto 543/2020”.
En Las Rozas de Madrid, a 2 de abril de 2020.—El concejal-delegado de Presidencia,
Urbanismo y Portavocía del Gobierno (Decreto 1159 de 13 de marzo de 2020), Gustavo
Adolfo Rico Pérez.
(02/13.106/20)
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