Madrid número 16 (BOCM-20201006-115)
Procedimiento 844/2019
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 256
MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 243
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
115
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 844/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don Said Benabdelhadi, frente a Montajes Aylan, S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
Número resolución: 1083/2019.
Decreto
En Madrid, a 12 de diciembre de 2019.
Antecedentes de hecho:
Primero.—La presente demanda ha sido promovido por don Said Benabdelhadi, figurando como parte contraria Montajes Aylan, S. L.
Segundo.—La parte demandante que ha sido citada en legal forma, no ha comparecido el día y a la hora que estaba señalada, ni ha alegado causa para justificar su inasistencia,
así como la demandada que tampoco ha comparecido.
Si ha comparecido el letrado de la parte actora don Juan Antonio Barragán Morales
col. ICAM 41876.
Razonamientos jurídicos:
Único.—Dispone el artículo 83.2.o de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que,
si el actor citado en forma no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión
del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, por lo que procede tener por desistido
al solicitante del procedimiento planteado.
Se acuerda tener por desistida a la parte actora don Said Benabdelhadi de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja
en el libro correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de
realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de
este Juzgado en la entidad Banco Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2514-0000-61-0844-19.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia, don José
Antonio Rincón Mora.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la
LRJS.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Montajes Aylan, S. L., en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
BOCM-20201006-115
Parte dispositiva:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 256
MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 243
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
115
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 844/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don Said Benabdelhadi, frente a Montajes Aylan, S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
Número resolución: 1083/2019.
Decreto
En Madrid, a 12 de diciembre de 2019.
Antecedentes de hecho:
Primero.—La presente demanda ha sido promovido por don Said Benabdelhadi, figurando como parte contraria Montajes Aylan, S. L.
Segundo.—La parte demandante que ha sido citada en legal forma, no ha comparecido el día y a la hora que estaba señalada, ni ha alegado causa para justificar su inasistencia,
así como la demandada que tampoco ha comparecido.
Si ha comparecido el letrado de la parte actora don Juan Antonio Barragán Morales
col. ICAM 41876.
Razonamientos jurídicos:
Único.—Dispone el artículo 83.2.o de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que,
si el actor citado en forma no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión
del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, por lo que procede tener por desistido
al solicitante del procedimiento planteado.
Se acuerda tener por desistida a la parte actora don Said Benabdelhadi de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja
en el libro correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de
realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de
este Juzgado en la entidad Banco Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2514-0000-61-0844-19.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia, don José
Antonio Rincón Mora.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la
LRJS.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Montajes Aylan, S. L., en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
BOCM-20201006-115
Parte dispositiva: