Madrid número 41 (BOCM-20201006-195)
Ejecución 81/2018
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020

Pág. 355

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
195

MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ HUERGO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA del Juzgado de lo social nº 41 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 81/2018 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ESTEVANIA PÉREZ LEBRÓN frente a SALVATIERRA BAR RESTAURANTE GRUPO S.L. sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1.333,67 euros de principal; 305,05 euros de intereses y 305,05 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional parcial del ejecutado SALVATIERRA BAR RESTAURANTE GRUPO
S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ HUERGO
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que
ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SALVATIERRA BAR RESTAURANTE GRUPO S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20201006-195

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.