Madrid número 18 (BOCM-20201006-134)
Ejecución 75/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 283
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 75/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCESLY GUERRERO SOSA frente a WONDERBROW
SMILE UP y LA ISLAAFEN 1988 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado
la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.839,94 EUROS de principal; 600,00 EUROS de intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA
PROVISIONAL TOTAL de los ejecutados WONDERBROW SMILE UP y LA ISLAAFEN 1988 SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran
hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a WONDERBROW SMILE UP y LA ISLAAFEN 1988 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a tres de septiembre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201006-134
(03/22.562/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 243
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MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 283
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 75/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCESLY GUERRERO SOSA frente a WONDERBROW
SMILE UP y LA ISLAAFEN 1988 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado
la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.839,94 EUROS de principal; 600,00 EUROS de intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA
PROVISIONAL TOTAL de los ejecutados WONDERBROW SMILE UP y LA ISLAAFEN 1988 SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran
hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a WONDERBROW SMILE UP y LA ISLAAFEN 1988 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a tres de septiembre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201006-134
(03/22.562/20)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791