Madrid número 9 (BOCM-20201003-4)
Procedimiento 612/2020
2 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 241
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 23
JUSTICIA DE MADRID, por el ACUERDO GUBERNATIVO Nº 232/20 DE ORDENACIÓN DE SEDES JUDICIALES de la Ilma. Sra. Decana de los Juzgados de Madrid y por
la ORDEN JUS 394/20 DE 8 DE MAYO.
Igualmente, y para cumplir la normativa de seguridad para las partes y el personal de
los Juzgados, referida en el anterior, se comunica a las partes que la duración estimada para
la identificación de las partes, y la celebración del acto de juicio es de treinta minutos, a fin
de garantizar la distancia social, y evitar el cruce de ciudadanos en el edificio.
De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y
a fin de permitir la más ágil celebración del juicio así como su tramitación telemática cuando ello resulte factible, se requiere a las partes para que con una antelación mínima de 5 días
al acto del juicio aporten la totalidad de la prueba documental y pericial de la que pretendan valerse, en soporte preferiblemente informático.
Por último se hace saber a las partes, que de llegar a un acuerdo extrajudicial, podrá el
mismo ser aprobado por el LAJ conforme al art.84.2 LJS, debiéndose presentar tal acuerdo
debidamente firmado por las actuantes con certificado digital en todas las páginas del mismo debiendo ir acompañado de los oportunos poderes y copias de los DNI y tarjetas identificativas como profesionales colegiados, en caso contrario serán citados para ratificación.
La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día
de la celebración del juicio.
En Madrid, a quince de septiembre de dos mil veinte.
BOCM-20201003-4
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.919/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 241
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 23
JUSTICIA DE MADRID, por el ACUERDO GUBERNATIVO Nº 232/20 DE ORDENACIÓN DE SEDES JUDICIALES de la Ilma. Sra. Decana de los Juzgados de Madrid y por
la ORDEN JUS 394/20 DE 8 DE MAYO.
Igualmente, y para cumplir la normativa de seguridad para las partes y el personal de
los Juzgados, referida en el anterior, se comunica a las partes que la duración estimada para
la identificación de las partes, y la celebración del acto de juicio es de treinta minutos, a fin
de garantizar la distancia social, y evitar el cruce de ciudadanos en el edificio.
De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y
a fin de permitir la más ágil celebración del juicio así como su tramitación telemática cuando ello resulte factible, se requiere a las partes para que con una antelación mínima de 5 días
al acto del juicio aporten la totalidad de la prueba documental y pericial de la que pretendan valerse, en soporte preferiblemente informático.
Por último se hace saber a las partes, que de llegar a un acuerdo extrajudicial, podrá el
mismo ser aprobado por el LAJ conforme al art.84.2 LJS, debiéndose presentar tal acuerdo
debidamente firmado por las actuantes con certificado digital en todas las páginas del mismo debiendo ir acompañado de los oportunos poderes y copias de los DNI y tarjetas identificativas como profesionales colegiados, en caso contrario serán citados para ratificación.
La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día
de la celebración del juicio.
En Madrid, a quince de septiembre de dos mil veinte.
BOCM-20201003-4
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.919/20)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791