D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20201002-61)
Vías pecuarias –  Resolución de 18 de septiembre de 2020, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana en el término municipal de Miraflores de la Sierra para la ejecución de la renovación de la red de distribución en la calle Peralejo y otras, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 239

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
61

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2020, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana en el término municipal de Miraflores de la Sierra para la ejecución de
la renovación de la red de distribución en la calle Peralejo y otras, actuación
promovida por Canal de Isabel II, S. A.

Examinado el expediente 185/20 de ocupación temporal de la vía pecuaria Cañada Real
Segoviana en el término municipal de Miraflores de la Sierra se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia de registro de entrada 10/029365.9/20, tiene entrada en esta Área de
Vías Pecuarias, solicitud de autorización de ocupación de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana en el término municipal de Miraflores de la Sierra para la ejecución de la renovación de la red de distribución en la calle Peralejo y otras, actuación promovida por Canal de
Isabel II, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y
38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.
RESUELVE
Primero

Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.madrid.org/transparencia/
DE

BOCM-20201002-61

Someter al trámite de información pública de un mes, desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el proyecto de
ocupación del expediente 185/20, de referencia.