Cobeña (BOCM-20201002-81)
Régimen económico. Ordenanza fiscal utilización dominio públco
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 239
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20201002-81
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, cuyo texto íntegro se
publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 182, de fecha 29
de julio de 2020.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Cobeña, a 22 de septiembre de 2020.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
(03/23.592/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 212
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VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 239
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AYUNTAMIENTO DE
81
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20201002-81
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, cuyo texto íntegro se
publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 182, de fecha 29
de julio de 2020.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Cobeña, a 22 de septiembre de 2020.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
(03/23.592/20)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791