Madrid número 20 (BOCM-20201002-137)
Procedimiento 721/2018
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 239
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
137
MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTÍN, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 721/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MORUENA GARCIA CANO frente a ESCUELA INFANTIL YAIZA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
«Que estimando la demanda interpuesta por Dª MORUENA GARCIA CANO contra
la EMPRESA ESCUELA INFANTIL YAUZA, que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la suma
de 948,18 euros, cantidad a la que será de aplicación el 10% de interés de mora.
Se condena a la parte demandada a las costas del proceso, incluidos honorarios del letrado de la actora, hasta el límite de seiscientos euros.
Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma ni cabe interponer recurso ordinario alguno.
Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESCUELA INFANTIL
YAIZA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de septiembre de dos mil veinte.
BOCM-20201002-137
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.947/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 239
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
137
MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTÍN, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 721/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MORUENA GARCIA CANO frente a ESCUELA INFANTIL YAIZA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
«Que estimando la demanda interpuesta por Dª MORUENA GARCIA CANO contra
la EMPRESA ESCUELA INFANTIL YAUZA, que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la suma
de 948,18 euros, cantidad a la que será de aplicación el 10% de interés de mora.
Se condena a la parte demandada a las costas del proceso, incluidos honorarios del letrado de la actora, hasta el límite de seiscientos euros.
Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma ni cabe interponer recurso ordinario alguno.
Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESCUELA INFANTIL
YAIZA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de septiembre de dos mil veinte.
BOCM-20201002-137
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.947/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791