C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20201002-55)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1916/2020, de 21 de septiembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) para la concesión directa de ayudas a las explotaciones de cría de ganado de lidia de la Comunidad de Madrid en el año 2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 239
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 133
ANEXO
La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4, de su Estatuto de
Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, tiene la competencia en
materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica, corresponde a la Consejería de
Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad la competencia en la materia
de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias.
Conforme dispone el artículo 2 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de su Creación,
el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA),
tiene entre sus fines promover el desarrollo integral del medio rural facilitando la realización, ejecución y gestión de cuantos estudios, proyectos, servicios y colaboraciones sean
necesarios para la mejora del nivel socioeconómico y la incorporación del medio rural a las
nuevas tecnologías, así como todos aquellos aspectos relativos a la formación, divulgación
y asistencia técnico-económica al medio rural y al sector agrario y agroalimentario. Asimismo, de acuerdo al artículo 3 de su Ley de creación, entre las funciones del IMIDRA se encuentran las de contribuir a la mejora del entorno del medio rural y de sus condiciones socioeconómicas y culturales, y fomentar la mejora en la producción de las actividades
agrarias y agroalimentarias con el fin de elevar la competitividad del sector en la Comunidad de Madrid.
En este sentido el sector ganadero de lidia contribuye tanto a la conservación de los
ecosistemas naturales asociados a su cría, como al mantenimiento socioeconómico del medio agrario, por lo que con su apoyo y como parte del sector primario, constituye una medida de desarrollo del medio rural.
El objetivo de la línea de subvención es apoyar al sector de cría de ganado de lidia, especialmente afectado por la crisis de COVID-19, que ha provocado la suspensión o prohibición de los festejos taurinos, con el fin de compensarles por la pérdida de ingresos sufrida en 2020 y de garantizar la continuidad de su actividad empresarial.
El presente Plan Estratégico estará vigente desde su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2020.
La línea de subvención dispondrá de un presupuesto máximo de 3.000.000 euros, con
un coste de 1.500 euros por cada animal elegible (hembras reproductoras mayores de 18
meses de edad) que sea objeto de esta ayuda.
Para la financiación de las ayudas, se destinarán créditos con cargo a la posición presupuestaria G/467A/47399, “Transferencias corrientes a otras empresas privadas no incluidas en los subconceptos anteriores”, del Programa 467A del IMIDRA.
La eficacia del Plan estratégico queda condicionada a la inclusión de las correspondientes consignaciones presupuestarias en los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid y quedará supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En cuanto a su impacto, podrán ser beneficiarios de subvención directa todos los titulares de explotaciones de cría de ganado de lidia, ubicadas en la Comunidad de Madrid e
inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), con animales elegibles (hembras reproductoras mayores de 18 meses de edad) inscritos en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA), que reúnan las condiciones establecidas en el
“Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de
préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19”, aprobado por la Comisión Europea
por las Decisiones SA.56851 (2020/N) de 2 de abril de 2020 y SA.57019 (2020/N) de 24
de abril de 2020.
La cuantía por beneficiario será determinada de forma proporcional y en función del
número de animales elegibles (hembras reproductoras mayores de 18 meses de edad) inscritos, en cada una de sus explotaciones ganaderas, en el RIIA, a fecha 1 de enero de 2020.
No obstante, el importe máximo a conceder por beneficiario será de 100.000 euros.
BOCM-20201002-55
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
DEL INSTITUTO MADRILEÑO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
RURAL, AGRARIO Y ALIMENTARIO (IMIDRA)
PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS A LAS EXPLOTACIONES
DE CRÍA DE GANADO DE LIDIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
EN EL AÑO 2020
B.O.C.M. Núm. 239
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 133
ANEXO
La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4, de su Estatuto de
Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, tiene la competencia en
materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica, corresponde a la Consejería de
Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad la competencia en la materia
de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias.
Conforme dispone el artículo 2 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de su Creación,
el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA),
tiene entre sus fines promover el desarrollo integral del medio rural facilitando la realización, ejecución y gestión de cuantos estudios, proyectos, servicios y colaboraciones sean
necesarios para la mejora del nivel socioeconómico y la incorporación del medio rural a las
nuevas tecnologías, así como todos aquellos aspectos relativos a la formación, divulgación
y asistencia técnico-económica al medio rural y al sector agrario y agroalimentario. Asimismo, de acuerdo al artículo 3 de su Ley de creación, entre las funciones del IMIDRA se encuentran las de contribuir a la mejora del entorno del medio rural y de sus condiciones socioeconómicas y culturales, y fomentar la mejora en la producción de las actividades
agrarias y agroalimentarias con el fin de elevar la competitividad del sector en la Comunidad de Madrid.
En este sentido el sector ganadero de lidia contribuye tanto a la conservación de los
ecosistemas naturales asociados a su cría, como al mantenimiento socioeconómico del medio agrario, por lo que con su apoyo y como parte del sector primario, constituye una medida de desarrollo del medio rural.
El objetivo de la línea de subvención es apoyar al sector de cría de ganado de lidia, especialmente afectado por la crisis de COVID-19, que ha provocado la suspensión o prohibición de los festejos taurinos, con el fin de compensarles por la pérdida de ingresos sufrida en 2020 y de garantizar la continuidad de su actividad empresarial.
El presente Plan Estratégico estará vigente desde su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2020.
La línea de subvención dispondrá de un presupuesto máximo de 3.000.000 euros, con
un coste de 1.500 euros por cada animal elegible (hembras reproductoras mayores de 18
meses de edad) que sea objeto de esta ayuda.
Para la financiación de las ayudas, se destinarán créditos con cargo a la posición presupuestaria G/467A/47399, “Transferencias corrientes a otras empresas privadas no incluidas en los subconceptos anteriores”, del Programa 467A del IMIDRA.
La eficacia del Plan estratégico queda condicionada a la inclusión de las correspondientes consignaciones presupuestarias en los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid y quedará supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En cuanto a su impacto, podrán ser beneficiarios de subvención directa todos los titulares de explotaciones de cría de ganado de lidia, ubicadas en la Comunidad de Madrid e
inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), con animales elegibles (hembras reproductoras mayores de 18 meses de edad) inscritos en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA), que reúnan las condiciones establecidas en el
“Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de
préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19”, aprobado por la Comisión Europea
por las Decisiones SA.56851 (2020/N) de 2 de abril de 2020 y SA.57019 (2020/N) de 24
de abril de 2020.
La cuantía por beneficiario será determinada de forma proporcional y en función del
número de animales elegibles (hembras reproductoras mayores de 18 meses de edad) inscritos, en cada una de sus explotaciones ganaderas, en el RIIA, a fecha 1 de enero de 2020.
No obstante, el importe máximo a conceder por beneficiario será de 100.000 euros.
BOCM-20201002-55
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
DEL INSTITUTO MADRILEÑO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
RURAL, AGRARIO Y ALIMENTARIO (IMIDRA)
PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS A LAS EXPLOTACIONES
DE CRÍA DE GANADO DE LIDIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
EN EL AÑO 2020