Valencia número 6 (BOCM-20201001-141)
Procedimiento 739/2018
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BOCM
Pág. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
141
VALENCIA NÚMERO 6
EDICTO
Doña Raquel Sala Navalón, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 6 de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000739/2018 a instancias de
Sandra Grau Poveda contra I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, S. L., VLC Unión
Dental, S. L., Valencia Sur Ifactory Lab, S. L. U., Ifactory Global Lab, S. L. U., Ifactory
Laboratorio, S. L., Dental Global Management, S. L. (Grupo Idental), Valencia Ifactory
Lab, S. L. U., I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L., I Levante Dental Proyecto
Odontológico, S. L. U., I Meseta Sur Unión Dental, S. L. U., Weston Hill Asset Management, S. L., VLC Sur Unión Dental, S. L., Sevilla Sur Unión Dental, S. L., FOGASA, Jesús Borjabad García, Maxduell Gran, S. L., Instituts Odontologics Associats, S. L., Weston Hill Investment, S. L., Enrique Domínguez Montejo (por Deloitte España Admor.
Jdcal.), Investment Fund Spain 3 2015, S. L. y Ernst & Young Abogados SLP, en la que
el día 07/10/19 se ha dictado resolución n.o 309 cuya parte dispositiva dice:
FALLO
Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Sandra Grau Poveda frente a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L., VLC Sur Unión Dental, S. L., VLC
Unión Dental, S. L., I Meseta Sur Unión Dental, S. L. U., I Andalucía Dental Proyecto
Odontológico, S. L., Sevilla Sur Unión Dental, S. L., Valencia Sur Ifactory Lab, S. L. U.,
Valencia Ifactory Lab, S. L. U., Ifactory Laboratorio, S. L., Ifactory Global Lab, S. L.U., Weston Hill Asset Management, S. L., Weston Hill Investment, S. L., e Investment Fund
Spain 3 2015, S. L., de todos los pronunciamientos deducidos en su contra.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y
contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco
días siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o
BOCM-20201001-141
Que estimando íntegramente la demanda de despido y reclamación de cantidad interpuesta por Sandra Grau Poveda, contra I Levante Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.
y la Administración Concursal de esta, Maxduell Gran, S. L. y Dental Global Management, S. L.,
y la administración concursal de Dental Global Management, S. L., en la persona de Jesús
Borjabad García, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha de efectos 22
de junio de 2018, condenando solidariamente a las demandadas I Levante Dental Proyecto
Odontológico, S. L. U., Dental Global Management, S. L., y Maxduell Gran, S. L., a que,
a su opción, que deberán realizar en el plazo de los cinco días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de
este Juzgado, procedan a la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o le abonen la indemnización de 2.114,43 euros. El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo. En caso de que se opte por la readmisión, la trabajadora
tendrá derecho a los salarios de tramitación, que equivaldrán a una cantidad igual a la suma
de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para
su descuento de los salarios de tramitación, en la cuantía diaria de 45,23 euros. Todo ello
con advertencia de que, de no ejercitar expresamente la opción concedida, se entenderá que
opta por la readmisión del trabajador. Asimismo, debo condenar y condeno a I Levante
Dental Proyecto Odontológico, S. L. U., Dental Global Management, S. L., y Maxduell
Gran, S. L., solidariamente, a pagar a Sandra Grau Poveda la cantidad de 3.169,65 euros en
concepto de salarios. Todo ello más los intereses legales correspondientes en la forma establecida en el fundamento de derecho noveno.
Pág. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
141
VALENCIA NÚMERO 6
EDICTO
Doña Raquel Sala Navalón, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 6 de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000739/2018 a instancias de
Sandra Grau Poveda contra I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, S. L., VLC Unión
Dental, S. L., Valencia Sur Ifactory Lab, S. L. U., Ifactory Global Lab, S. L. U., Ifactory
Laboratorio, S. L., Dental Global Management, S. L. (Grupo Idental), Valencia Ifactory
Lab, S. L. U., I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L., I Levante Dental Proyecto
Odontológico, S. L. U., I Meseta Sur Unión Dental, S. L. U., Weston Hill Asset Management, S. L., VLC Sur Unión Dental, S. L., Sevilla Sur Unión Dental, S. L., FOGASA, Jesús Borjabad García, Maxduell Gran, S. L., Instituts Odontologics Associats, S. L., Weston Hill Investment, S. L., Enrique Domínguez Montejo (por Deloitte España Admor.
Jdcal.), Investment Fund Spain 3 2015, S. L. y Ernst & Young Abogados SLP, en la que
el día 07/10/19 se ha dictado resolución n.o 309 cuya parte dispositiva dice:
FALLO
Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Sandra Grau Poveda frente a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L., VLC Sur Unión Dental, S. L., VLC
Unión Dental, S. L., I Meseta Sur Unión Dental, S. L. U., I Andalucía Dental Proyecto
Odontológico, S. L., Sevilla Sur Unión Dental, S. L., Valencia Sur Ifactory Lab, S. L. U.,
Valencia Ifactory Lab, S. L. U., Ifactory Laboratorio, S. L., Ifactory Global Lab, S. L.U., Weston Hill Asset Management, S. L., Weston Hill Investment, S. L., e Investment Fund
Spain 3 2015, S. L., de todos los pronunciamientos deducidos en su contra.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y
contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco
días siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o
BOCM-20201001-141
Que estimando íntegramente la demanda de despido y reclamación de cantidad interpuesta por Sandra Grau Poveda, contra I Levante Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.
y la Administración Concursal de esta, Maxduell Gran, S. L. y Dental Global Management, S. L.,
y la administración concursal de Dental Global Management, S. L., en la persona de Jesús
Borjabad García, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha de efectos 22
de junio de 2018, condenando solidariamente a las demandadas I Levante Dental Proyecto
Odontológico, S. L. U., Dental Global Management, S. L., y Maxduell Gran, S. L., a que,
a su opción, que deberán realizar en el plazo de los cinco días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de
este Juzgado, procedan a la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o le abonen la indemnización de 2.114,43 euros. El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo. En caso de que se opte por la readmisión, la trabajadora
tendrá derecho a los salarios de tramitación, que equivaldrán a una cantidad igual a la suma
de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para
su descuento de los salarios de tramitación, en la cuantía diaria de 45,23 euros. Todo ello
con advertencia de que, de no ejercitar expresamente la opción concedida, se entenderá que
opta por la readmisión del trabajador. Asimismo, debo condenar y condeno a I Levante
Dental Proyecto Odontológico, S. L. U., Dental Global Management, S. L., y Maxduell
Gran, S. L., solidariamente, a pagar a Sandra Grau Poveda la cantidad de 3.169,65 euros en
concepto de salarios. Todo ello más los intereses legales correspondientes en la forma establecida en el fundamento de derecho noveno.