Madrid número 7 (BOCM-20201001-143)
Procedimiento 49/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 311
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE
143
MADRID NÚMERO 7
EDICTO
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, guarda, custodia o
alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 49/2019, instados por
la procuradora doña Rosa María García Bardón, en nombre y representación de doña Mabel
Zabala Zambrana, contra don José Luis Salinas Marañón, en reclamación de familia, guarda,
custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados, en los que se ha
dictado en fecha 8 de septiembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:
1. La atribución de la guarda y custodia a doña Mabel Zabala Zambrano de los dos
hijos habidos en común con don José Luis Salinas Marañón, -------------- y --------------, con
la patria potestad compartida entre ambos progenitores.
2. La atribución del uso de la vivienda sita en el número --- de la calle ------------, de
Madrid, junto con su ajuar, a doña Mabel Zabala Zambrano, para el ejercicio de la guarda
y custodia sobre los dos hijos habidos con José Luis Salinas Marañón.
3. El establecimiento de un régimen de visitas entre y el padre, don José Luis Salinas Marañón, y sus hijos conforme a las siguientes reglas:
— Fines de semana alternos con pernocta desde la tarde del viernes a las 20:00 horas,
hasta el domingo a las 16:00 horas.
— Los días festivos o no lectivos inmediatamente anteriores o posteriores al fin de
semana se considerarán parte integrante del mismo.
— En vacaciones, eligiendo el padre los años pares y la madre los impares, conforme
a estos períodos:
d Navidad: desde el inicio de las vacaciones escolares hasta el día 30 de diciembre, a las 16:00 horas, y desde este momento al anterior al reinicio del curso
escolar, a las 16:00 horas.
d Semana Santa por entero en anualidades alternas.
d Verano: desde las 12:00 horas del día uno del mes de julio hasta las 12:00 horas
del día 16 de ese mismo mes; y en agosto, desde las 12:00 horas del día uno
hasta las 12:00 horas del día 16 de dicho mes.
4. La fijación de una pensión de alimentos a cargo del padre y a favor de los hijos
comunes por importe de 150 euros mensuales para cada una de ellos, lo que hace un total
de 300 euros, que se abonará dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta
bancaria que la madre designe. Se actualizará conforme al Índice de Precios al Consumo
publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo oficial que lo reemplace. La
primera actualización será en enero de 2021.
5. Los gastos extraordinarios tales como clases extraescolares, intervenciones quirúrgicas, óptica u oftalmología, dentista o cualquier otro gasto sanitario que no estén cubiertos por
asistencia sanitaria pública o privada, gastos extraescolares u otros análogos, libros de textos,
excursiones y viajes escolares, serán satisfechos al ochenta por ciento por el padre y al veinte
por ciento por la madre. El progenitor que satisfaga la totalidad del gastos habrá de justificar
documentalmente con aportación de copia de la factura o recibo el importe satisfecho, a fin de
que el otro progenitor liquide el porcentaje establecido del gasto correspondiente.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución
de un depósito de 50 euros, en la cuenta 3715-0000-39-0049-19 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de violencia sobre la mujer número 7 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 3715-0000-39-0049-19.
BOCM-20201001-143
Doña Yolanda Trujillo Escapa, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7.
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
Pág. 311
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE
143
MADRID NÚMERO 7
EDICTO
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, guarda, custodia o
alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 49/2019, instados por
la procuradora doña Rosa María García Bardón, en nombre y representación de doña Mabel
Zabala Zambrana, contra don José Luis Salinas Marañón, en reclamación de familia, guarda,
custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados, en los que se ha
dictado en fecha 8 de septiembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:
1. La atribución de la guarda y custodia a doña Mabel Zabala Zambrano de los dos
hijos habidos en común con don José Luis Salinas Marañón, -------------- y --------------, con
la patria potestad compartida entre ambos progenitores.
2. La atribución del uso de la vivienda sita en el número --- de la calle ------------, de
Madrid, junto con su ajuar, a doña Mabel Zabala Zambrano, para el ejercicio de la guarda
y custodia sobre los dos hijos habidos con José Luis Salinas Marañón.
3. El establecimiento de un régimen de visitas entre y el padre, don José Luis Salinas Marañón, y sus hijos conforme a las siguientes reglas:
— Fines de semana alternos con pernocta desde la tarde del viernes a las 20:00 horas,
hasta el domingo a las 16:00 horas.
— Los días festivos o no lectivos inmediatamente anteriores o posteriores al fin de
semana se considerarán parte integrante del mismo.
— En vacaciones, eligiendo el padre los años pares y la madre los impares, conforme
a estos períodos:
d Navidad: desde el inicio de las vacaciones escolares hasta el día 30 de diciembre, a las 16:00 horas, y desde este momento al anterior al reinicio del curso
escolar, a las 16:00 horas.
d Semana Santa por entero en anualidades alternas.
d Verano: desde las 12:00 horas del día uno del mes de julio hasta las 12:00 horas
del día 16 de ese mismo mes; y en agosto, desde las 12:00 horas del día uno
hasta las 12:00 horas del día 16 de dicho mes.
4. La fijación de una pensión de alimentos a cargo del padre y a favor de los hijos
comunes por importe de 150 euros mensuales para cada una de ellos, lo que hace un total
de 300 euros, que se abonará dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta
bancaria que la madre designe. Se actualizará conforme al Índice de Precios al Consumo
publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo oficial que lo reemplace. La
primera actualización será en enero de 2021.
5. Los gastos extraordinarios tales como clases extraescolares, intervenciones quirúrgicas, óptica u oftalmología, dentista o cualquier otro gasto sanitario que no estén cubiertos por
asistencia sanitaria pública o privada, gastos extraescolares u otros análogos, libros de textos,
excursiones y viajes escolares, serán satisfechos al ochenta por ciento por el padre y al veinte
por ciento por la madre. El progenitor que satisfaga la totalidad del gastos habrá de justificar
documentalmente con aportación de copia de la factura o recibo el importe satisfecho, a fin de
que el otro progenitor liquide el porcentaje establecido del gasto correspondiente.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución
de un depósito de 50 euros, en la cuenta 3715-0000-39-0049-19 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de violencia sobre la mujer número 7 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 3715-0000-39-0049-19.
BOCM-20201001-143
Doña Yolanda Trujillo Escapa, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7.