San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20201001-46)
Organización y funcionamiento. Estructura del Gobierno
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BOCM
Pág. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
1. Aprobar la estructura del Gobierno municipal compuesto por las siguientes áreas:
1.1. Área de Régimen Interior y Personal, Nuevas Tecnologías, Mundo Rural (Agricultura, Pesca y Caza), Seguridad y Movilidad, Turismo y Festejos.
La citada Área incluye los citados ámbitos materiales de actuación cuyo contenido, a
título orientativo, es el siguiente:
— Régimen Interior: la coordinación del funcionamiento de los órganos de Gobierno
y las relaciones con los demás Grupos Municipales. La organización y la dirección de los servicios administrativos. El archivo administrativo.
— Actos oficiales, hermanamientos y comunicación.
— Personal: la preparación, el estudio e informe sobre los asuntos municipales relacionados con la ordenación de la función pública; la política de personal; la valoración de los puestos de trabajo; el número de funcionarios contratados y personal
eventual, dentro de los créditos presupuestarios consignados al efecto; la oferta
anual de empleo público; las instrucciones a que deberán atenerse los representantes del Ayuntamiento cuando proceda negociación con la representación sindical
de los funcionarios públicos, de sus condiciones de trabajo; la programación a corto y a largo plazo de las necesidades de personal; los expedientes disciplinarios;
el régimen de vacaciones; elaborar, desarrollar y coordinar los planes generales
tendentes a mejorar el rendimiento den los servicios de formación del personal; el
régimen disciplinario (excluida la Policía Local); el registro de personal; la selección de personal; las situaciones de los funcionarios; elaborar los proyectos normativos en materia de personal.
— Nuevas Tecnologías: la promoción en la población de la implantación y uso de las
tecnologías de la información y comunicación para la mejora de la formación, participación y el desarrollo de la población. Asimismo, las políticas públicas para la
implantación efectiva y eficiente de la e-Administración o Administración electrónica.
— Mundo Rural: las políticas públicas para el fomento, conservación y explotación
de la agricultura, la pesca y la caza en el municipio.
— Seguridad y Movilidad: en el marco de las funciones reservadas a los municipios:
la organización y la gestión de la prevención, el mantenimiento y el establecimiento de la seguridad ciudadana, y la Jefatura de la Policía Local sin perjuicio
de las funciones que corresponden a la Alcaldía como titular de la Jefatura Superior de Personal.
BOCM-20201001-46
Se ha dictado por la alcaldesa doña Mercedes Zarzalejo Carbajo, en fecha 16 de septiembre de 2020, decreto número 2020-1856, con el tenor literal siguiente:
«El día 7 de noviembre de 2019, esta Alcaldía dictó resolución con número 2019-3772,
en la que acordó aprobar la nueva estructura del Gobierno municipal creando sus diferentes áreas.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por
el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, corresponde a la Alcaldía el establecimiento de la estructura y organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Pleno.
En uso de tal facultad, esta Alcaldía considera conveniente modificar la estructura de
gobierno aprobada por su resolución número: 2019-2772, de fecha 7 de noviembre de 2019,
para ajustar más adecuadamente al desarrollo de las políticas públicas que pretenden ejecutarse por el Gobierno municipal dicha estructura de gobierno.
En consecuencia, he resuelto:
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
1. Aprobar la estructura del Gobierno municipal compuesto por las siguientes áreas:
1.1. Área de Régimen Interior y Personal, Nuevas Tecnologías, Mundo Rural (Agricultura, Pesca y Caza), Seguridad y Movilidad, Turismo y Festejos.
La citada Área incluye los citados ámbitos materiales de actuación cuyo contenido, a
título orientativo, es el siguiente:
— Régimen Interior: la coordinación del funcionamiento de los órganos de Gobierno
y las relaciones con los demás Grupos Municipales. La organización y la dirección de los servicios administrativos. El archivo administrativo.
— Actos oficiales, hermanamientos y comunicación.
— Personal: la preparación, el estudio e informe sobre los asuntos municipales relacionados con la ordenación de la función pública; la política de personal; la valoración de los puestos de trabajo; el número de funcionarios contratados y personal
eventual, dentro de los créditos presupuestarios consignados al efecto; la oferta
anual de empleo público; las instrucciones a que deberán atenerse los representantes del Ayuntamiento cuando proceda negociación con la representación sindical
de los funcionarios públicos, de sus condiciones de trabajo; la programación a corto y a largo plazo de las necesidades de personal; los expedientes disciplinarios;
el régimen de vacaciones; elaborar, desarrollar y coordinar los planes generales
tendentes a mejorar el rendimiento den los servicios de formación del personal; el
régimen disciplinario (excluida la Policía Local); el registro de personal; la selección de personal; las situaciones de los funcionarios; elaborar los proyectos normativos en materia de personal.
— Nuevas Tecnologías: la promoción en la población de la implantación y uso de las
tecnologías de la información y comunicación para la mejora de la formación, participación y el desarrollo de la población. Asimismo, las políticas públicas para la
implantación efectiva y eficiente de la e-Administración o Administración electrónica.
— Mundo Rural: las políticas públicas para el fomento, conservación y explotación
de la agricultura, la pesca y la caza en el municipio.
— Seguridad y Movilidad: en el marco de las funciones reservadas a los municipios:
la organización y la gestión de la prevención, el mantenimiento y el establecimiento de la seguridad ciudadana, y la Jefatura de la Policía Local sin perjuicio
de las funciones que corresponden a la Alcaldía como titular de la Jefatura Superior de Personal.
BOCM-20201001-46
Se ha dictado por la alcaldesa doña Mercedes Zarzalejo Carbajo, en fecha 16 de septiembre de 2020, decreto número 2020-1856, con el tenor literal siguiente:
«El día 7 de noviembre de 2019, esta Alcaldía dictó resolución con número 2019-3772,
en la que acordó aprobar la nueva estructura del Gobierno municipal creando sus diferentes áreas.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por
el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, corresponde a la Alcaldía el establecimiento de la estructura y organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Pleno.
En uso de tal facultad, esta Alcaldía considera conveniente modificar la estructura de
gobierno aprobada por su resolución número: 2019-2772, de fecha 7 de noviembre de 2019,
para ajustar más adecuadamente al desarrollo de las políticas públicas que pretenden ejecutarse por el Gobierno municipal dicha estructura de gobierno.
En consecuencia, he resuelto: