Madrid número 14 (BOCM-20201001-92)
Ejecución 59/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
92
MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María Ángeles Charriel Ardebol, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social nº 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 59/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. LUCA MORETTI frente a D./Dña. MARÍA PILAR SAINZ BONILLA y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente decreto de
insolvencia:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de principal de 4.859,22
euros, más 971,84 euros de intereses legales y costas provisionalmente calculados, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado D./Dña. MARÍA PILAR
SAINZ BONILLA, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución:
Hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).
Hágase entrega a la parte ejecutante, enviando por correo certificado con acuse de recibo, los testimonios necesarios para el inicio del correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. MARIA PILAR SAINZ BONILLA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de septiembre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201001-92
(03/21.784/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 252
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JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
92
MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María Ángeles Charriel Ardebol, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social nº 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 59/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. LUCA MORETTI frente a D./Dña. MARÍA PILAR SAINZ BONILLA y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente decreto de
insolvencia:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de principal de 4.859,22
euros, más 971,84 euros de intereses legales y costas provisionalmente calculados, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado D./Dña. MARÍA PILAR
SAINZ BONILLA, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución:
Hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).
Hágase entrega a la parte ejecutante, enviando por correo certificado con acuse de recibo, los testimonios necesarios para el inicio del correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. MARIA PILAR SAINZ BONILLA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de septiembre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20201001-92
(03/21.784/20)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791