Madrid número 40 (BOCM-20201001-130)
Ejecución 129/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
130
MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
EN FUNCIONES DE SUSTITUCIÓN del Juzgado de lo social nº 40 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 129/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. LUCIAN ROZMARIC DEIAC frente a QR GRUPO FERGO
SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 29/11/2019 cuyo contenido es el siguiente:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MERCEDES LLOPIS LUCAS
En Madrid, a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve
Para hacer constar que solicitada información al Banco Santander y a Evo Banco, Evo
Banco manifiesta que D. LUCIAN ROZMARIN DEIAC es titular de ese número de cuenta sin embargo no ha sido ingresada esa cantidad en la fecha que consta en el justificante
aportado por la empresa, por lo que es posible que la cantidad que dicen haber ingresado
(1.223,72 euros) haya sido devuelta a la cuenta de origen, de ser así, lo más recomendable
es que transfieran esa cantidad en el plazo de 10 días a la cuenta corriente de este Juzgado
ES55-0049-3569-9200-0500-1274 con el siguiente concepto: 4684-0000-64-0114-19 que
se entregará al interesado.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el
recurso (art. 186.1 L.J.S.).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que
ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.”
Diligencia de Ordenación de fecha 04/12/2019 cuyo contenido es el siguiente:
“DILIGENCIA.- En Madrid, a cuatro de diciembre de dos mil diecinueve.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en fecha 04/12/2019 se ha producido ingreso de dinero en la cuenta corriente que este Juzgado
BOCM-20201001-130
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
130
MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
EN FUNCIONES DE SUSTITUCIÓN del Juzgado de lo social nº 40 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 129/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. LUCIAN ROZMARIC DEIAC frente a QR GRUPO FERGO
SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 29/11/2019 cuyo contenido es el siguiente:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MERCEDES LLOPIS LUCAS
En Madrid, a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve
Para hacer constar que solicitada información al Banco Santander y a Evo Banco, Evo
Banco manifiesta que D. LUCIAN ROZMARIN DEIAC es titular de ese número de cuenta sin embargo no ha sido ingresada esa cantidad en la fecha que consta en el justificante
aportado por la empresa, por lo que es posible que la cantidad que dicen haber ingresado
(1.223,72 euros) haya sido devuelta a la cuenta de origen, de ser así, lo más recomendable
es que transfieran esa cantidad en el plazo de 10 días a la cuenta corriente de este Juzgado
ES55-0049-3569-9200-0500-1274 con el siguiente concepto: 4684-0000-64-0114-19 que
se entregará al interesado.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el
recurso (art. 186.1 L.J.S.).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que
ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.”
Diligencia de Ordenación de fecha 04/12/2019 cuyo contenido es el siguiente:
“DILIGENCIA.- En Madrid, a cuatro de diciembre de dos mil diecinueve.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en fecha 04/12/2019 se ha producido ingreso de dinero en la cuenta corriente que este Juzgado
BOCM-20201001-130
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.