B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20201001-9)
Concurso de traslados – Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la de la Directora General de Función Pública, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión de Valoración del concurso de traslados para personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid de aprobación de la relación y valoración provisional de participantes admitidos y excluidos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
so de traslados quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen los defectos justificando su
derecho a ser admitidos.
2. En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, las personas solicitantes que no
estén conformes con la valoración provisional realizada deberán presentar escrito de alegaciones, en el que brevemente se expongan sus motivos de disconformidad, así como la documentación acreditativa de los méritos profesionales cuya valoración solicitan y no consten o consten de forma incorrecta, a su juicio, en la relación de servicios prestados.
3. Únicamente durante el plazo establecido en este apartado se podrán formular desistimientos totales o parciales de los puestos solicitados, pero no cambios en el orden de prelación de las plazas solicitadas, de acuerdo con lo recogido en la base 7.3. de la Orden 2594/2019,
de 19 de julio.
Tercero
1. La subsanación de los defectos que hubieran motivado la exclusión o la no inclusión expresa de la persona solicitante y la presentación de alegaciones deberán formularse
en el impreso que se incorpora como anexo a esta resolución, debiendo cumplimentarse en
los términos indicados en el mismo y acompañarse de toda la documentación que corresponda y dirigirse a la Dirección General de Función Pública a través de las formas y lugares recogidos en la base 6.4. de la Orden 2594/2019, de 19 de julio.
2. La cumplimentación del modelo de impreso que se incorpora como anexo de esta
resolución, podrá realizarse por medios electrónicos accediendo al mismo a través de:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/concurso-traslados, en la
sección “Listados de admitidos y excluidos”. De no ser posible la presentación telemática,
se estará a lo establecido en la base 6.4.b) de la Orden 2594/2019, de 19 de julio.
3. Las personas solicitantes que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos deberán marcar la causa identificada con el código “NF” del modelo que figura como
anexo de esta resolución, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las
pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda, de acuerdo con lo estipulado en la base sexta de la Orden 2594/2019, de 19 de julio.
Cuarto
BOCM-20201001-9
1. Aquellos trabajadores laborales fijos reingresados provisionalmente en alguno de
los puestos incluidos en el presente concurso de traslados, que se hayan jubilado parcialmente después de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberán
comunicar, antes de la resolución del mismo, tal circunstancia a la Dirección General de
Función Pública, expresando el desistimiento de su solicitud de participación, todo ello al
amparo de lo recogido en la base 1.1. de la Orden 2594/2019, de 19 de julio.
2. De acuerdo con lo establecido en la base 2.2. de la Orden 2594/219, de 19 de julio, todas las personas participantes en el concurso de traslados convocado al amparo de la
misma, tienen la obligación de comunicar a la Dirección General de Función Pública cualquier cambio en su situación que implique la pérdida de alguno de los requisitos exigidos
para participar en este.
Dado en Madrid, a 22 de septiembre de 2020.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 238
so de traslados quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen los defectos justificando su
derecho a ser admitidos.
2. En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, las personas solicitantes que no
estén conformes con la valoración provisional realizada deberán presentar escrito de alegaciones, en el que brevemente se expongan sus motivos de disconformidad, así como la documentación acreditativa de los méritos profesionales cuya valoración solicitan y no consten o consten de forma incorrecta, a su juicio, en la relación de servicios prestados.
3. Únicamente durante el plazo establecido en este apartado se podrán formular desistimientos totales o parciales de los puestos solicitados, pero no cambios en el orden de prelación de las plazas solicitadas, de acuerdo con lo recogido en la base 7.3. de la Orden 2594/2019,
de 19 de julio.
Tercero
1. La subsanación de los defectos que hubieran motivado la exclusión o la no inclusión expresa de la persona solicitante y la presentación de alegaciones deberán formularse
en el impreso que se incorpora como anexo a esta resolución, debiendo cumplimentarse en
los términos indicados en el mismo y acompañarse de toda la documentación que corresponda y dirigirse a la Dirección General de Función Pública a través de las formas y lugares recogidos en la base 6.4. de la Orden 2594/2019, de 19 de julio.
2. La cumplimentación del modelo de impreso que se incorpora como anexo de esta
resolución, podrá realizarse por medios electrónicos accediendo al mismo a través de:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/concurso-traslados, en la
sección “Listados de admitidos y excluidos”. De no ser posible la presentación telemática,
se estará a lo establecido en la base 6.4.b) de la Orden 2594/2019, de 19 de julio.
3. Las personas solicitantes que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos deberán marcar la causa identificada con el código “NF” del modelo que figura como
anexo de esta resolución, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las
pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda, de acuerdo con lo estipulado en la base sexta de la Orden 2594/2019, de 19 de julio.
Cuarto
BOCM-20201001-9
1. Aquellos trabajadores laborales fijos reingresados provisionalmente en alguno de
los puestos incluidos en el presente concurso de traslados, que se hayan jubilado parcialmente después de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberán
comunicar, antes de la resolución del mismo, tal circunstancia a la Dirección General de
Función Pública, expresando el desistimiento de su solicitud de participación, todo ello al
amparo de lo recogido en la base 1.1. de la Orden 2594/2019, de 19 de julio.
2. De acuerdo con lo establecido en la base 2.2. de la Orden 2594/219, de 19 de julio, todas las personas participantes en el concurso de traslados convocado al amparo de la
misma, tienen la obligación de comunicar a la Dirección General de Función Pública cualquier cambio en su situación que implique la pérdida de alguno de los requisitos exigidos
para participar en este.
Dado en Madrid, a 22 de septiembre de 2020.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.