Manzanares el Real (BOCM-20200930-64)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 237
MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 389
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
MANZANARES EL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Mediante acuerdo plenario, de fecha 9 de septiembre de 2020, se convalida la resolución de Alcaldía número 2020-1291, de fecha 20 de julio de 2020, por la que se aprobó el
expediente de modificación de crédito número 12/2020 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería
para la aplicación del superávit presupuestario, destinado a financiar gastos en Servicios
Sociales y Promoción Social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de
COVID-19, por un importe de 50.000 euros, lo que se publica a los efectos del artículo 20.2
del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes
complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19:
Altas en Aplicaciones de Gastos:
Aplicación
Progr.
Económica
231
62404
Créditos
finales
Descripción
ADQUISICIÓN VEHÍCULO ASISTENCIAL
50.000€
TOTAL
50.000€
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 36.1 del Real Decreto 500/1990, con cargo
al remanente líquido de Tesorería, de acuerdo con el siguiente detalle:
Aplicación
económica
Descripción
Euros
Concepto
87000
Remanente de Tesorería para Gastos Generales (IFS Gastos Covid-19)
TOTAL
50.000€
50.000€
BOCM-20200930-64
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 170 y 171 del
texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo
impugnado.
En Manzanares el Real, a 17 de septiembre de 2020.—El alcalde-presidente, José Luis
Labrador Vioque.
(03/23.132/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020
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AYUNTAMIENTO DE
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MANZANARES EL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Mediante acuerdo plenario, de fecha 9 de septiembre de 2020, se convalida la resolución de Alcaldía número 2020-1291, de fecha 20 de julio de 2020, por la que se aprobó el
expediente de modificación de crédito número 12/2020 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería
para la aplicación del superávit presupuestario, destinado a financiar gastos en Servicios
Sociales y Promoción Social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de
COVID-19, por un importe de 50.000 euros, lo que se publica a los efectos del artículo 20.2
del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes
complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19:
Altas en Aplicaciones de Gastos:
Aplicación
Progr.
Económica
231
62404
Créditos
finales
Descripción
ADQUISICIÓN VEHÍCULO ASISTENCIAL
50.000€
TOTAL
50.000€
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 36.1 del Real Decreto 500/1990, con cargo
al remanente líquido de Tesorería, de acuerdo con el siguiente detalle:
Aplicación
económica
Descripción
Euros
Concepto
87000
Remanente de Tesorería para Gastos Generales (IFS Gastos Covid-19)
TOTAL
50.000€
50.000€
BOCM-20200930-64
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 170 y 171 del
texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo
impugnado.
En Manzanares el Real, a 17 de septiembre de 2020.—El alcalde-presidente, José Luis
Labrador Vioque.
(03/23.132/20)
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ISSN 1989-4791