Madrid número 12 (BOCM-20200930-80)
Procedimiento 700/2018
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 427
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
80
MADRID NÚMERO 12
EDICTO
Don Miguel Ángel Arribas Martín, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de
primera instancia número 12 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 700/2018,
instados por el procurador don Francisco Abajo Abril, en nombre y representación de Mercedes Benz Financial Service España EFC, S. A., contra Overseas Underwriting International Services, S. L., en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 17 de diciembre de 2019 sentencia, cuyo encabezado y fallo son del tenor literal siguiente:
En Madrid, a 17 de diciembre de 2019.—Vistas y oídas las presentes actuaciones por
la señora doña María de las Nieves Gómez Martínez, magistrada-juez de primera instancia
del Juzgado número 12 de Madrid, ha pronunciado en nombre de S. M. el Rey la siguiente
Sentencia número 259/2019
En los autos de juicio ordinario número 700/2018, seguidos por este Juzgado a instancias de la entidad Mercedes-Benz Financial Services España EFC, S. A., representada por
el procurador de los tribunales don Francisco José Abajo Abril, y defendida por el letrado
señor. Pastor Villarrubia, contra Overseas Underwriting International Services, S. L., en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad en cuantía de 10.290,25 euros,
derivada de impago de préstamo personal concedido por la actora a la demandada, y atendiendo a los siguientes,
Fallo
BOCM-20200930-80
Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Francisco
José Abajo Abril, en nombre y representación de Mercedes-Benz Financial Services España EFC, S. A., contra Overseas Underwriting International Services, S. L., debo declarar y
declaro que la demandada debe a la actora la suma de 10.290,25 euros, más los intereses
moratorios pactados en el contrato desde el cierre de la cuenta hasta el total y efectivo pago
a la actora de las cantidades adeudadas, y costas, condenándola a estar y pasar por esta declaración y a satisfacer la cantidad expresada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte
días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid
(artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros,
en la cuenta 2440-0000-04-0700-18 de este órgano.
Y para que sirva de notificación a Overseas Underwriting International Services, S. L.,
expido y firmo la presente en Madrid, a 10 de febrero de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (Madrid).
(02/23.088/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
80
MADRID NÚMERO 12
EDICTO
Don Miguel Ángel Arribas Martín, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de
primera instancia número 12 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 700/2018,
instados por el procurador don Francisco Abajo Abril, en nombre y representación de Mercedes Benz Financial Service España EFC, S. A., contra Overseas Underwriting International Services, S. L., en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 17 de diciembre de 2019 sentencia, cuyo encabezado y fallo son del tenor literal siguiente:
En Madrid, a 17 de diciembre de 2019.—Vistas y oídas las presentes actuaciones por
la señora doña María de las Nieves Gómez Martínez, magistrada-juez de primera instancia
del Juzgado número 12 de Madrid, ha pronunciado en nombre de S. M. el Rey la siguiente
Sentencia número 259/2019
En los autos de juicio ordinario número 700/2018, seguidos por este Juzgado a instancias de la entidad Mercedes-Benz Financial Services España EFC, S. A., representada por
el procurador de los tribunales don Francisco José Abajo Abril, y defendida por el letrado
señor. Pastor Villarrubia, contra Overseas Underwriting International Services, S. L., en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad en cuantía de 10.290,25 euros,
derivada de impago de préstamo personal concedido por la actora a la demandada, y atendiendo a los siguientes,
Fallo
BOCM-20200930-80
Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Francisco
José Abajo Abril, en nombre y representación de Mercedes-Benz Financial Services España EFC, S. A., contra Overseas Underwriting International Services, S. L., debo declarar y
declaro que la demandada debe a la actora la suma de 10.290,25 euros, más los intereses
moratorios pactados en el contrato desde el cierre de la cuenta hasta el total y efectivo pago
a la actora de las cantidades adeudadas, y costas, condenándola a estar y pasar por esta declaración y a satisfacer la cantidad expresada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte
días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid
(artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros,
en la cuenta 2440-0000-04-0700-18 de este órgano.
Y para que sirva de notificación a Overseas Underwriting International Services, S. L.,
expido y firmo la presente en Madrid, a 10 de febrero de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (Madrid).
(02/23.088/20)
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