Madrid (BOCM-20200930-49)
Organización y funcionamiento. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Delegación de funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 237

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

O. A. Agencia Tributaria Madrid
Resolución de 15 de septiembre de 2020, de la directora del Organismo Autónomo
Agencia Tributaria Madrid, de delegación de competencias en materia tributaria.
La Agencia Tributaria Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, es el ente autónomo de gestión tributaria, responsable de ejercer como propias las competencias municipales de gestión en materia tributaria. Según el artículo 3 de sus Estatutos, aprobados por
Acuerdo del Pleno de 22 de diciembre de 2008, corresponden a la Agencia Tributaria
Madrid, entre otras competencias, la gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión
de los actos tributarios municipales; la recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del Ayuntamiento y de aquellos otros cuya gestión se le encomiende; la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios; y la propuesta,
elaboración e interpretación de las normas tributarias propias del Ayuntamiento de Madrid.
Según concreta el artículo 15.2.2 de los citados Estatutos en sus distintos apartados corresponden al director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria de Madrid todas las
funciones de gestión, liquidación, recaudación y revisión de todos los tributos municipales.
No obstante, para el mejor y más eficiente ejercicio de algunas de estas funciones, resulta aconsejable que ciertas competencias de gestión tributaria se ejerzan por aquellos órganos municipales cuya actividad se halla en íntima conexión con determinados ingresos
públicos, concentrando así en dichos órganos las competencias materiales y las relativas a
la gestión tributaria vinculadas a aquellas.
La necesidad de una nueva resolución de delegación de competencias de la directora
del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid viene motivada, fundamentalmente,
por los cambios operados en la organización municipal, con la adopción del Acuerdo del
Alcalde de 15 dei junio de 2019 por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de
Madrid, así como por los distintos Acuerdos adoptados posteriormente por la Junta de Gobierno en relación a la organización y competencias de esas nuevas Áreas.
En consecuencia la presente Resolución tiene por objeto delegar determinadas competencias en materia de aplicación de los tributos y de revisión en vía administrativa en los titulares de los órganos superiores y directivos a que se refiere y en los términos que en la
misma se establecen.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 de los Estatutos de la
Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo de 22 de diciembre de 2008 del Pleno
del Ayuntamiento de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 311, de 31 de diciembre de 2008).

Primero. Delegación de competencias en materia tributaria.—Se delega en los órganos superiores y directivos que se citan a continuación, de acuerdo con sus respectivos
ámbitos competenciales y sin perjuicio, en su caso, de las competencias concurrentes que
correspondan a otros órganos municipales, la gestión de los siguientes tributos:
1. En todos los órganos superiores y directivos, en el ámbito de sus respectivas competencias, la Tasa por prestación de Servicios de Reproducción de Imágenes y Documentos respecto de la obtención de copias de documentos de la letra A) del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de Servicios de Reproducción de
Imágenes y Documentos

BOCM-20200930-49

RESUELVO