Madrid número 5 (BOCM-20200930-103)
Ejecución 84/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 454
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 237
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
103
MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 84/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SANTOS FELIPE GUTIERREZ ROSARIO frente a LJV
OBRAS Y DECORACIÓN S.L. y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a catorce de septiembre de dos mil veinte.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. SANTOS FELIPE GUTIERREZ ROSARIO frente a LJV OBRAS Y DECORACIÓN S.L.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los
términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander número de cuenta 2503-0000-64-0084-20.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. ANGELA MOSTAJO VEIGA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
En Madrid, a catorce de septiembre de dos mil veinte
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 10/02/2020, a la empresa LJV OBRAS Y DECORACIÓN S.L. en favor
del/de los demandante/s D./Dña. SANTOS FELIPE GUTIERREZ ROSARIO y, previo a
su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 16/10/2020, a las 09:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la
que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa
cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin así como al FOGASA, quedando advertidas de
que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por
desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente
representado), el acto se celebrará sin su presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito
en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expre-
BOCM-20200930-103
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA
Pág. 454
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 237
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
103
MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 84/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SANTOS FELIPE GUTIERREZ ROSARIO frente a LJV
OBRAS Y DECORACIÓN S.L. y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a catorce de septiembre de dos mil veinte.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. SANTOS FELIPE GUTIERREZ ROSARIO frente a LJV OBRAS Y DECORACIÓN S.L.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los
términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander número de cuenta 2503-0000-64-0084-20.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. ANGELA MOSTAJO VEIGA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
En Madrid, a catorce de septiembre de dos mil veinte
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 10/02/2020, a la empresa LJV OBRAS Y DECORACIÓN S.L. en favor
del/de los demandante/s D./Dña. SANTOS FELIPE GUTIERREZ ROSARIO y, previo a
su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 16/10/2020, a las 09:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la
que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa
cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin así como al FOGASA, quedando advertidas de
que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por
desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente
representado), el acto se celebrará sin su presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito
en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expre-
BOCM-20200930-103
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA