D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20200930-27)
Convenio –  Adenda de 22 de septiembre de 2020 al Convenio entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno) y la Federación Española de Baloncesto para la realización de acciones de promoción del baloncesto
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 326

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 237

cuya apertura al público queda suspendida con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10, incluyéndose un exhaustivo listado de los de ámbito deportivo.
III. Que, por otra parte, mediante la Orden 344/2020, de 10 de marzo, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Madrid como consecuencia de la situación y evolución del
coronavirus (COVID-19), ya se había acordado, en su apartado primero, punto 1, la suspensión “de las competiciones deportivas en sus diversas modalidades”, y en su punto 3.1.3,
la suspensión de la apertura al público de las instalaciones y locales deportivos que se detallan en el mismo.
IV. Que, con fecha 29 de junio de 2020, el Presidente de la Federación Española de
Baloncesto dirigió un escrito al Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte en el que se exponía la cancelación definitiva de las actuaciones previstas y la intención de celebrarlas en 2021, por lo que solicitó la modificación del convenio de 24 de marzo de 2020, trasladando todas las actividades a 2021 y manteniendo
intactas las demás estipulaciones.
V. Que con fecha 14 de julio de 2020, el Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte dirigió escrito al Presidente de la Federación Española de Baloncesto, en el que en respuesta a su solicitud, y entendiendo fundadas las razones concurrentes, manifiesta su expreso acuerdo en proceder a la modificación del
Convenio suscrito con fecha 24 de marzo de 2020, para la realización de acciones de promoción del baloncesto, trasladándolas a 2021 y manteniendo los compromisos adquiridos
mediante el mismo.
VI. Que dicho Convenio de Colaboración estipula en su cláusula sexta que “estará
en vigor desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2020, pudiéndose prorrogar
por un año más mediante acuerdo expreso de las partes en el que se recogerán las modificaciones que hubiera para el desarrollo de las actividades en 2021.
Asimismo, las partes podrán modificar lo estipulado en este Convenio para 2020, de
mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda con anterioridad a la
puesta en marcha de la actividad objeto de modificación”.
En consecuencia, ambas partes acuerdan la suscripción de esta adenda con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto de esta adenda es modificar el Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del
Gobierno) y la Federación Española de Baloncesto, para la realización de acciones de promoción del baloncesto, suscrito con fecha 24 de marzo de 2020, con el fin de postergar un
año todas las actividades previstas en el mismo, que tendrán lugar a lo largo de 2021.
Segunda
El Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno) y la Federación Española de
Baloncesto, para la realización de acciones de promoción del baloncesto queda modificado
del siguiente modo:
Las referencias existentes en el convenio al año 2020 se entenderán referidas a 2021,
con las siguientes puntualizaciones:
1. En relación a la fecha prevista en la letra B), de la cláusula segunda, para la celebración del partido amistoso de la Selección Española absoluta masculina, la expresión
“que se celebrará el día 15 de julio de 2020” deberá sustituirse por “que se celebrará a lo
largo de 2021, en fecha por determinar, previo acuerdo de las partes”. Así, el primer párrafo de la letra B) de la cláusula segunda quedando redactado de la siguiente manera:
«1. La federación se obliga a que la Selección Española Absoluta de Baloncesto dispute un partido amistoso de preparación para los Juegos Olímpicos de Tokio 2020, que se
celebrará a lo largo de 2021, en fecha por determinar, previo acuerdo de las partes, contra

BOCM-20200930-27

Modificación del Convenio