Guadarrama (BOCM-20200929-40)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 236

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40

GUADARRAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20200929-40

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, del día 7 de septiembre de 2020, han sido
aprobados los siguientes padrones fiscales correspondientes al ejercicio 2020:
— Impuesto de Bienes Inmuebles (urbana, rústica y Bices).
— Impuesto de actividades económicas.
— Tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con
acceso directo desde la vía pública.
— Aprovechamiento de huertos familiares.
El cobro en período voluntario, cumpliendo lo establecido en los artículos 23 y 24 del
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio; Reglamento General de Recaudación y artículo 12.2
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, será desde el día 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2020
y se podrá realizar en las entidades bancarias colaboradoras y en Internet a través de la pasarela de pagos en www.guadarrama.es
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la
deuda determinará el inicio del período ejecutivo, con el consiguiente recargo de apremio
e intereses de demora, de acuerdo con los dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria.
Lo que se hace público en cumplimiento de la legislación vigente y para general conocimiento.
En Guadarrama, a 8 de septiembre de 2020.—El alcalde, Diosdado Soto Pérez.
(02/21.833/20)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791