Pinto (BOCM-20200929-41)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 236
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20200929-41
En sesión de Pleno Municipal de 24 de septiembre de 2020, se aprobaron inicialmente los expedientes de modificación de crédito siguientes: crédito extraordinario 20/2020 y
suplemento de crédito 13/2020, los cuales se encuentran expuestos al público a efectos de
reclamaciones.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos taxativamente enumerados en
el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: a partir del día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, hasta las 14 horas del vigésimo día hábil.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Pinto.
Pinto, a 25 de septiembre de 2020.—El alcalde, Juan Diego Ortiz González.
(03/24.149/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 236
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20200929-41
En sesión de Pleno Municipal de 24 de septiembre de 2020, se aprobaron inicialmente los expedientes de modificación de crédito siguientes: crédito extraordinario 20/2020 y
suplemento de crédito 13/2020, los cuales se encuentran expuestos al público a efectos de
reclamaciones.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos taxativamente enumerados en
el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: a partir del día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, hasta las 14 horas del vigésimo día hábil.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Pinto.
Pinto, a 25 de septiembre de 2020.—El alcalde, Juan Diego Ortiz González.
(03/24.149/20)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791