Madrid número 4 (BOCM-20200929-63)
Procedimiento 1360/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 236

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
63

MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1360/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia
de D./Dña. NORBERTO YANAMO SOLANO frente a D./Dña. FOGASA y D./Dña. MARIA CARMEN GONZALEZ BAYLIN LOPEZ sobre Despidos / Ceses en general se ha
dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DOÑA RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS
En Madrid, a dieciséis de julio de dos mil veinte.
Visto el estado de las presentes actuaciones, se señala para la celebración de los actos de conciliación si procediera, y juicio en su caso, la audiencia del día 20/10/2020, a
las 13:30 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en la C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, debiendo citarse a las partes, con entrega al/los demandado/s,
y en su caso a los demás interesados, de copia de la demanda y documentos aportados.
ADVIÉRTASE A LAS PARTES:
1.- Que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (Artículo 82.3 de la Ley de Jurisdicción Social).
2.- Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo
impida, se le tendrá por desistido de la demanda (Art. 83.2 LJS).
3.- Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma, no impedirá
la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MARIA CARMEN GONZALEZ BAYLIN LOPEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil veinte.

BOCM-20200929-63

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/23.515/20)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791