C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20200929-16)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2379/2020, de 25 de septiembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2020-2021
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 236
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 63
Cuarto
Criterios de baremación
1. Las becas de segundo de bachillerato se concederán a los alumnos para los que se
solicite y hayan obtenido esta beca para primero de bachillerato. Estos alumnos habrán de
cumplir los requisitos del punto 2 del apartado primero.
2. La valoración de las solicitudes de las becas de primero de bachillerato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de las bases reguladoras de la convocatoria, se realizará en función de la renta per cápita de la unidad familiar hasta agotar la totalidad del crédito presupuestario destinado a financiar la convocatoria. Los miembros de la unidad
familiar se computan según lo establecido en las citadas bases reguladoras.
Quinto
Cuantía
El presupuesto destinado a financiar la convocatoria de estas becas ascenderá
a 9.000.000 euros.
La dotación de las becas, con carácter general, será de 3.000 euros anuales, distribuidos
mensualmente según la cantidad que corresponda por cada uno de los meses de duración del
curso y dentro del período de septiembre de 2020 a junio de 2021, ambos inclusive. No obstante, en ningún caso la cuantía total de la beca superará el coste del curso subvencionado.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Madrid, a 25 de septiembre de 2020.
El Consejero de Educación y Juventud,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20200929-16
(03/24.190/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 236
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 63
Cuarto
Criterios de baremación
1. Las becas de segundo de bachillerato se concederán a los alumnos para los que se
solicite y hayan obtenido esta beca para primero de bachillerato. Estos alumnos habrán de
cumplir los requisitos del punto 2 del apartado primero.
2. La valoración de las solicitudes de las becas de primero de bachillerato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de las bases reguladoras de la convocatoria, se realizará en función de la renta per cápita de la unidad familiar hasta agotar la totalidad del crédito presupuestario destinado a financiar la convocatoria. Los miembros de la unidad
familiar se computan según lo establecido en las citadas bases reguladoras.
Quinto
Cuantía
El presupuesto destinado a financiar la convocatoria de estas becas ascenderá
a 9.000.000 euros.
La dotación de las becas, con carácter general, será de 3.000 euros anuales, distribuidos
mensualmente según la cantidad que corresponda por cada uno de los meses de duración del
curso y dentro del período de septiembre de 2020 a junio de 2021, ambos inclusive. No obstante, en ningún caso la cuantía total de la beca superará el coste del curso subvencionado.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Madrid, a 25 de septiembre de 2020.
El Consejero de Educación y Juventud,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20200929-16
(03/24.190/20)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791