Madrid número 41 (BOCM-20200929-126)
Ejecución 40/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 223
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
126
MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José González Huergo, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
social número 41 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 40/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de D./Dña. AURA ELISA PUETATE PILACUAN frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y THE MORAN CLEANING MADRID 2018 SL sobre Ejecución
de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 30.470,05 euros de principal; 3.047 euros de intereses y 3.047 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado THE MORAN CLEANING MADRID 2018 SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda
aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a THE MORAN CLEANING
MADRID 2018 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil veinte.
BOCM-20200929-126
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.578/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 236
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MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
126
MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José González Huergo, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
social número 41 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 40/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de D./Dña. AURA ELISA PUETATE PILACUAN frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y THE MORAN CLEANING MADRID 2018 SL sobre Ejecución
de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 30.470,05 euros de principal; 3.047 euros de intereses y 3.047 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado THE MORAN CLEANING MADRID 2018 SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda
aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a THE MORAN CLEANING
MADRID 2018 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil veinte.
BOCM-20200929-126
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.578/20)
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ISSN 1989-4791