Móstoles número 2 (BOCM-20200929-131)
Ejecución 233/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 231
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
131
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA ISABEL CANO CAMPAÑA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo social nº 2 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 233/2019 (Ejecución) de este Juzgado de lo
social, seguido a instancia de D./Dña. RABI AIT HAND OUAISSA y D./Dña. MUSTAPHA AIT HAND OUAISSA frente a INGENIERIA VEGETAL SLU sobre Ejecución
de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 77.321,87 euros de principal (MUSTAPHA AIT HAN QUAISSA 38.862’66 EUROS Y RABI AIT HAN OUAISSA 38.459,21 EUROS) y 7.732 euros calculados para intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado INGENIERÍA VEGETAL SLU, sin
perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola
interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la
entidad Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades
Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner
fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a INGENIERÍA VEGETAL SLU, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.492/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200929-131
En Móstoles, a tres de septiembre de dos mil veinte.
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 231
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
131
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA ISABEL CANO CAMPAÑA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo social nº 2 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 233/2019 (Ejecución) de este Juzgado de lo
social, seguido a instancia de D./Dña. RABI AIT HAND OUAISSA y D./Dña. MUSTAPHA AIT HAND OUAISSA frente a INGENIERIA VEGETAL SLU sobre Ejecución
de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 77.321,87 euros de principal (MUSTAPHA AIT HAN QUAISSA 38.862’66 EUROS Y RABI AIT HAN OUAISSA 38.459,21 EUROS) y 7.732 euros calculados para intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado INGENIERÍA VEGETAL SLU, sin
perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola
interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la
entidad Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades
Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner
fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a INGENIERÍA VEGETAL SLU, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.492/20)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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En Móstoles, a tres de septiembre de dos mil veinte.