Madrid número 21 (BOCM-20200929-90)
Ejecución 109/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 182
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 236
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
90
MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social número 21 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ETJ 109/2020-M de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. PABLO MARCELO MARTIN URQUIZA frente a NICE BEAUTY CONCEPT SL y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se
ha dictado en fecha 2/09/20 auto de extinción de la relación laboral, cuya parte dispositiva
es del tenor literal siguiente:
SE DECLARA:
— Extinguida la relación laboral entre D. Pablo Marcelo Martín Urquiza y la mercantil “Nice Beauty Concep S.L.” con efectos de esta resolución, 2/09/2020.
— Se condena a “Nice Beauty Concep S.L.” a satisfacer al ejecutante, una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado, hasta el 12 de febrero de 2012,
y de 33 días por año, desde esa fecha (conforme al Real Decreto 3/2012 de 10 de febrero,
Disposición Transitoria Quinta), prorrateándose, en ambos casos, los períodos inferiores a
una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta
resolución, que supone el importe de 3.160,30 euros.
— Condena, también a la ejecutada, a abonar el importe 32.008,6 euros brutos, en
concepto de salarios de tramitación desde el despido (27/11/2017), hasta la fecha de la presente resolución, 2/09/2020, descontando el período trabajado (63 días).
MODO IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DÍAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no
suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art. 184.1 de la LEC.
Asimismo se deberá consignar en la Cuenta Depósitos y Consignaciones Judiciales
que este Juzgado tiene abierta en el Grupo Banesto, como depósito, quienes no gocen del
Derecho de Asistencia Gratuita, la cantidad de 25 Euros de conformidad con lo dispuesto
en la disposición adicional decimoquinta de la LO 1/2009, de 3 de noviembre, debiéndose
acompañar necesariamente resguardo acreditativo de dicho ingreso, procediéndose en caso
de no verificarlo a la no admisión a trámite del recurso de reposición interpuesto.
LA MAGISTRADA-JUEZ
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a tres de septiembre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.514/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200929-90
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NICE BEAUTY CONCEPT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 182
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 236
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
90
MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social número 21 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ETJ 109/2020-M de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. PABLO MARCELO MARTIN URQUIZA frente a NICE BEAUTY CONCEPT SL y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se
ha dictado en fecha 2/09/20 auto de extinción de la relación laboral, cuya parte dispositiva
es del tenor literal siguiente:
SE DECLARA:
— Extinguida la relación laboral entre D. Pablo Marcelo Martín Urquiza y la mercantil “Nice Beauty Concep S.L.” con efectos de esta resolución, 2/09/2020.
— Se condena a “Nice Beauty Concep S.L.” a satisfacer al ejecutante, una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado, hasta el 12 de febrero de 2012,
y de 33 días por año, desde esa fecha (conforme al Real Decreto 3/2012 de 10 de febrero,
Disposición Transitoria Quinta), prorrateándose, en ambos casos, los períodos inferiores a
una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta
resolución, que supone el importe de 3.160,30 euros.
— Condena, también a la ejecutada, a abonar el importe 32.008,6 euros brutos, en
concepto de salarios de tramitación desde el despido (27/11/2017), hasta la fecha de la presente resolución, 2/09/2020, descontando el período trabajado (63 días).
MODO IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DÍAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no
suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art. 184.1 de la LEC.
Asimismo se deberá consignar en la Cuenta Depósitos y Consignaciones Judiciales
que este Juzgado tiene abierta en el Grupo Banesto, como depósito, quienes no gocen del
Derecho de Asistencia Gratuita, la cantidad de 25 Euros de conformidad con lo dispuesto
en la disposición adicional decimoquinta de la LO 1/2009, de 3 de noviembre, debiéndose
acompañar necesariamente resguardo acreditativo de dicho ingreso, procediéndose en caso
de no verificarlo a la no admisión a trámite del recurso de reposición interpuesto.
LA MAGISTRADA-JUEZ
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a tres de septiembre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.514/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200929-90
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NICE BEAUTY CONCEPT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.