Madrid (BOCM-20200708-68)
Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 439/2018
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 164

MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020

Pág. 183

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
68

MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Cuarta
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 4 de lo
Social.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 439/2018 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL frente a CEMAJ ESPECIALIDADES Y EMERGENCIAS, S.L. frente a TESORERIA GENERAL DE
LA SEGURIDAD SOCIAL sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES
En Madrid, a veinticuatro de Junio de dos mil veinte.
Visto el estado de las presentes actuaciones, así como la diversas vicisitudes respecto
a las notificaciones a las partes de la resolución en que se tenía por preparado el recurso de
casación para unificación de doctrina, se procede a dar trámite a la interposición del recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto.
El LETRADO D./Dña. JOSE MARIA BRAVO GARCIA, en nombre y representación
de CEMAJ ESPECIALIDADES Y EMERGENCIAS, S.L. ha presentado escritos de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las
oportunas certificaciones de Sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo
224 de la L.R.J.S..
ACUERDO:
- Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de
doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado,
ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los DIEZ DÍAS
siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.
- Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica
con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la LRJS.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso
de REPOSICIÓN ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO
DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción
cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186
y 187 LRJS).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.”

BOCM-20200708-68

Notifíquese a las partes.