Santa María de la Alameda (BOCM-20200708-60)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60

SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20200708-60

Aprobados por resolución de esta Alcaldía número 2020/0166, dictada con fecha de 5
de junio de 2020, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales:
— Tasa de licencias de autotaxi.
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
— Impuesto de bienes inmuebles de características especiales.
— Impuesto de impuesto de bienes de naturaleza urbana.
— Impuesto de bienes de naturaleza rústica.
— Tasa de recogida de residuos sólidos urbanos.
Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Plazo de cobro: del 1 de julio al 15 de noviembre de 2020.
Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
Órgano ante el que se reclama: Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda.
Santa María de la Alameda, a 8 de junio de 2020.—El alcalde, Francisco Palomo Pozas.
(02/12.724/20)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791