Madrid número 15 (BOCM-20200708-131)
Procedimiento 1139/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
Pág. 255
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
131
MADRID NÚMERO 15
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 15 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1139/2019 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARICELA MONTALVÁN REDONDO, frente a FOGASA, PICHOLEIROS DE MALASAÑA SOCIEDAD CIVIL, BUSINESS WORLD MADRID SL,
AMIGOS DE VALVERDE S.L. y D./Dña. FERNANDO ZUNZUNEGUI PASTOR sobre
Despidos/Ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución :
Diligencia.—En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en esta
fecha tiene entrada en Secretaría escrito de la parte actora ampliando la demanda.
Diligencia de ordenación de la letrada de la Admón. de Justicia, doña Carmen Rodríguez Vozmediano.—En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.
Visto el estado de las presentes actuaciones, se señala para la celebración de los actos
de conciliación si procediera y, juicio en su caso, la audiencia del día 23/10/2020, a las 11:00
horas, en la sala de Audiencias 5, de la cuarta planta.
Presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra D./Dña. FERNANDO ZUNZUNEGUI PASTOR, como Administrador Concursal de la mercantil demandada, BUSINESS WORLD MADRID SL, a la que con traslado de copia de la demanda se citará para
el acto de la vista señalado, con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de
prueba de que intente valerse.
Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia
del escrito de ampliación.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a BUSINESS WORLD MADRID SL
y AMIGOS DE VALVERDE S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.751/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200708-131
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S.
Doy fe.
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
Pág. 255
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
131
MADRID NÚMERO 15
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 15 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1139/2019 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARICELA MONTALVÁN REDONDO, frente a FOGASA, PICHOLEIROS DE MALASAÑA SOCIEDAD CIVIL, BUSINESS WORLD MADRID SL,
AMIGOS DE VALVERDE S.L. y D./Dña. FERNANDO ZUNZUNEGUI PASTOR sobre
Despidos/Ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución :
Diligencia.—En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en esta
fecha tiene entrada en Secretaría escrito de la parte actora ampliando la demanda.
Diligencia de ordenación de la letrada de la Admón. de Justicia, doña Carmen Rodríguez Vozmediano.—En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.
Visto el estado de las presentes actuaciones, se señala para la celebración de los actos
de conciliación si procediera y, juicio en su caso, la audiencia del día 23/10/2020, a las 11:00
horas, en la sala de Audiencias 5, de la cuarta planta.
Presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra D./Dña. FERNANDO ZUNZUNEGUI PASTOR, como Administrador Concursal de la mercantil demandada, BUSINESS WORLD MADRID SL, a la que con traslado de copia de la demanda se citará para
el acto de la vista señalado, con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de
prueba de que intente valerse.
Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia
del escrito de ampliación.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a BUSINESS WORLD MADRID SL
y AMIGOS DE VALVERDE S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.751/20)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200708-131
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S.
Doy fe.