C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20200708-17)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Resolución de 30 de junio de 2020, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión de ayudas a la movilidad para el personal docente e investigador de la Universidad Rey Juan Carlos durante el año 2020
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 164

MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020

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para la concesión de ayudas a la movilidad para el personal docente e investigador de la
Universidad Rey Juan Carlos durante el año 2019 y se publican conjuntamente.
Cuarto
Dotación de la convocatoria
La financiación de la presente convocatoria será de 70.000 euros para financiar los
gastos derivados de la movilidad regulada en sus diferentes modalidades a través de la presente convocatoria.
La citada cuantía se imputará a la aplicación presupuestaria 30VCININ 541A 483.05
“Bolsas de viaje y movilidad de profesores” del presupuesto de gasto del Vicerrectorado de
Investigación de la Universidad Rey Juan Carlos para 2020.
Quinto
Presupuesto y duración de los proyectos
La cuantía total de cada ayuda distingue modalidades:
Movilidad tipo A: La cuantía de la ayuda se fijará en función del número de solicitudes aceptadas. La cuantía máxima de la ayuda será de 800 euros para destinos nacionales
dentro de la península, 1.000 euros para otros destinos nacionales y 1.500 euros para destinos internacionales. Se establece una ayuda máxima de 1.500 euros por solicitante para sufragar el conjunto de actuaciones realizadas obligatoriamente entre el 1 de enero y el 30 de
junio de 2020 con cargo a las disponibilidades presupuestarias de la presente convocatoria.
A los efectos de consideración de gastos dentro de la presente ayuda, únicamente serán susceptibles de financiación los gastos relativos a desplazamientos de ida y vuelta hasta el lugar de celebración de la actuación de Movilidad tipo A, de alojamiento si los hubiere y de
inscripción en la actividad científica correspondiente.
Movilidad tipo B: Las estancias susceptibles de ayuda tendrán una duración mínima
de cuatro semanas y una duración máxima de doce semanas, iniciándose a partir del 1 de
enero y finalizando antes del 30 de junio de 2020. Distingue conforme convocatoria:
1. Dotación económica en concepto de dietas de manutención y una dotación complementaria para gastos de viaje. Esta dotación económica consistirá en las siguientes cuantías semanales (entendiendo por semana el período de siete días naturales consecutivos):
Mínimo de 400 euros/semana y máximo de 500 euros/semana, en función del país de destino atendiendo a Real Decreto 462/2002 sobre indemnizaciones por razón del servicio. Por
períodos inferiores a siete días se abonará la fracción de la dotación que corresponda proporcionalmente.
2. Gastos de viaje: El importe máximo que se destinará para financiar los gastos de
viaje será de 500 euros para Europa, y 1000 euros para destinos fuera de Europa. El viaje
deberá realizarse en medios públicos de transporte y en clase turista o en vehículo particular. Solo se abonarán los desplazamientos de ida y vuelta al centro de destino (los demás
desplazamientos que se realicen durante el desarrollo de la estancia de investigación no serán financiados en la presente convocatoria).
Sexto
Determinación de la cuantía de la subvención
Las ayudas de este programa consistirán en financiación directa sobre los gastos que
resulten subvencionables.

Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria
comenzará desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se extenderá quince días hábiles.
La solicitud de ayuda al amparo de las presentes bases deberá presentarse a través de
la sede electrónica de la Universidad o Registro General, conforme el formulario oficial establecido al efecto e incluido en el Anexo II de la presente resolución, acompañada de la
documentación referida en las presentes bases.

BOCM-20200708-17

Séptimo