D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20200708-30)
Emplazamiento –  Resolución de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se emplaza a los posibles interesados para que se personen, si a su derecho conviniere, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras de Madrid, contra la Orden 1262/2020, de 12 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establecen los servicios mínimos esenciales en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid con ocasión de la huelga que se iniciará el día 16 de junio de 2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 164

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Educación y Juventud
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RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se emplaza a los posibles interesados para que se personen, si
a su derecho conviniere, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto
por la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras de Madrid,
contra la Orden 1262/2020, de 12 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establecen los servicios mínimos esenciales en las Escuelas
Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid con ocasión de la huelga que
se iniciará el día 16 de junio de 2020.

BOCM-20200708-30

La Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras (CC. OO.) de Madrid
ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la Orden 1262/2020, de 12 de junio, citada en el encabezamiento de esta Resolución.
Mediante diligencia de ordenación de 19 de junio de 2020, el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número 26 de Madrid, ha instado (según el artículo 49 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), a la Comunidad de
Madrid para que realice los emplazamientos a cuantos aparezcan como interesados en la citada Orden 1262/2020, a fin de que puedan comparecer y personarse en el plazo de cinco
días, como demandados, mediante Procurador y Letrado, ante dicho Órgano jurisdiccional
si a su derecho conviniere, haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo,
se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, que continuará sus trámites.
La personación de los interesados, en su caso, deberá ser ante el citado Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo, sito en Madrid, calle Gran Vía, número 19, planta 6.a, 28013
Madrid, Procedimiento Derechos Fundamentales 193/2020.
Madrid, a 29 de junio de 2020.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/15.507/20)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791