Madrid número 9 (BOCM-20200708-106)
Ejecución 89/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 164

En consecuencia y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la LRJS, se
acuerda citar a las partes a COMPARECENCIA para el examen de las manifestaciones invocadas en el escrito de la parte actora en orden al cumplimiento de lo fallado, por lo que deberán acudir con los medios de prueba de que intenten valerse, a la Sala de Vistas 4.5, planta 4ª,
de este Juzgado el próximo día 16 DE JULIO DE 2020 A LAS 12:00 HORAS, advirtiéndoles que si no asisten los trabajadores personalmente, o persona que le represente en virtud de
Poder Notarial de representación o Apud-Acta, se le tendrá por desistidos de su solicitud, y
que si no lo hace el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.
Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad
Social, a través del Punto Neutro Judicial, informe de vida laboral de la trabajadora y, adviértase asimismo a la parte actora que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditarse a través de la presentación de las correspondientes NÓMINAS, el
período de prestación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad (art. 56.1 del E.T)
Notifíquese esta resolución a las partes y al FOGASA.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no
sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2507-0000-64-0089-20 y para
pagos en ventanilla 2507-0000-64-0089-20; y pudiendo la parte demandada deducirse en el
mismo escrito la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la
L.E.C. para los que tiene el plazo de DIEZ DIAS HABILES a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, tal y como establece el art. 239.4 de la L.J.S.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. MARIA PILAR GARCIA DE ZUÑIGA MARRERO.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JG3 ASESORIA Y
GESTION, SRL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintitrés de junio de dos mil veinte.

BOCM-20200708-106

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/14.731/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791