Madrid número 16 (BOCM-20200708-136)
Ejecución 308/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
Pág. 261
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
136
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 308/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancia de Dña MARIA ANGELES ZURITA TEJEDOR frente a CANAVA
FUTUR SL y BELASPEN SL sobre Ejecución títulos judiciales se ha dictado decreto de
insolvencia de fecha 17.06.2020 cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:
“A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 1.924,10 d de principal;
192,41 d de intereses y 192,41 d calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de los ejecutados CANAVA FUTUR SL y BELASPEN SL, sin perjuicio de que
pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Asimismo, hágase entrega de testimonios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, que se remitirán por
correo certificado con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a BELASPEN SL y CANAVA FUTUR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20200708-136
(03/13.589/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
Pág. 261
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
136
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 308/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancia de Dña MARIA ANGELES ZURITA TEJEDOR frente a CANAVA
FUTUR SL y BELASPEN SL sobre Ejecución títulos judiciales se ha dictado decreto de
insolvencia de fecha 17.06.2020 cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:
“A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 1.924,10 d de principal;
192,41 d de intereses y 192,41 d calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de los ejecutados CANAVA FUTUR SL y BELASPEN SL, sin perjuicio de que
pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Asimismo, hágase entrega de testimonios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, que se remitirán por
correo certificado con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a BELASPEN SL y CANAVA FUTUR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20200708-136
(03/13.589/20)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791