B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20200708-6)
Convocatoria pruebas selectivas – Orden 1207/2020, de 29 de junio, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 191/2019, de 1 de febrero, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
Pág. 33
de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de octubre).
b) Aquellos aspirantes que, en la forma y en el plazo establecidos por la citada Resolución, hubieran subsanado correctamente el defecto o defectos que motivaron inicialmente su exclusión o su no admisión al proceso.
A estos efectos, la relación de aspirantes que, en principio, resultarían admitidos y excluidos en el proceso podrá ser objeto de consulta, a través de la siguiente página web:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-gestion-a2.
3.2. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado 2.1 de la presente Orden, la Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de exclusión y del plazo de subsanación, que será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web citada en el párrafo anterior.
Cuarto
4.1. La disposición contenida en la base 2.1 de la ya citada Orden 191/2019, de 1 de
febrero habrá de entenderse referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes habilitado por esta Orden.
4.2. A la vista de la ampliación efectuada por la presente Orden y del nuevo plazo
que se contempla en la misma para la presentación de solicitudes de participación en estas
pruebas selectivas, el primer ejercicio de la oposición podrá comenzar a partir de noviembre de 2020.
Asimismo, el orden de actuación de los aspirantes que habrá de regir en este proceso,
se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra “D”, todo
ello de conformidad con la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Dirección General de
Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de junio), siendo dicha letra la que habrá de ser tomada en consideración como último criterio de desempate en caso de igualdad de puntuación entre los integrantes de la lista de espera para funcionarios interinos regulada en la base décima de la mencionada Orden 191/2019, de 1 de
febrero, en sustitución de la prevista a tal efecto en la base 6.4 de la misma.
4.3. La regulación contenida en la señalada Orden 191/2019, de 1 de febrero, mantendrá su vigencia y continuará resultando de aplicación al proceso selectivo de referencia,
en todo aquello que no se haya visto afectado por lo dispuesto en la presente Orden.
Quinto
BOCM-20200708-6
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la
Consejería de Hacienda y Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto.
Madrid, a 29 de junio de 2020.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, P. D.
(Orden de 20 de septiembre de 2019, de la Consejería de Hacienda y Función Pública; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de octubre de 2019), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.
(01/15.970/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
Pág. 33
de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de octubre).
b) Aquellos aspirantes que, en la forma y en el plazo establecidos por la citada Resolución, hubieran subsanado correctamente el defecto o defectos que motivaron inicialmente su exclusión o su no admisión al proceso.
A estos efectos, la relación de aspirantes que, en principio, resultarían admitidos y excluidos en el proceso podrá ser objeto de consulta, a través de la siguiente página web:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-gestion-a2.
3.2. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado 2.1 de la presente Orden, la Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de exclusión y del plazo de subsanación, que será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web citada en el párrafo anterior.
Cuarto
4.1. La disposición contenida en la base 2.1 de la ya citada Orden 191/2019, de 1 de
febrero habrá de entenderse referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes habilitado por esta Orden.
4.2. A la vista de la ampliación efectuada por la presente Orden y del nuevo plazo
que se contempla en la misma para la presentación de solicitudes de participación en estas
pruebas selectivas, el primer ejercicio de la oposición podrá comenzar a partir de noviembre de 2020.
Asimismo, el orden de actuación de los aspirantes que habrá de regir en este proceso,
se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra “D”, todo
ello de conformidad con la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Dirección General de
Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de junio), siendo dicha letra la que habrá de ser tomada en consideración como último criterio de desempate en caso de igualdad de puntuación entre los integrantes de la lista de espera para funcionarios interinos regulada en la base décima de la mencionada Orden 191/2019, de 1 de
febrero, en sustitución de la prevista a tal efecto en la base 6.4 de la misma.
4.3. La regulación contenida en la señalada Orden 191/2019, de 1 de febrero, mantendrá su vigencia y continuará resultando de aplicación al proceso selectivo de referencia,
en todo aquello que no se haya visto afectado por lo dispuesto en la presente Orden.
Quinto
BOCM-20200708-6
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la
Consejería de Hacienda y Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto.
Madrid, a 29 de junio de 2020.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, P. D.
(Orden de 20 de septiembre de 2019, de la Consejería de Hacienda y Función Pública; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de octubre de 2019), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.
(01/15.970/20)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791