C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20200708-13)
Acreditación competencias profesionales –  Orden de 25 de junio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales de la familia profesional de servicios socioculturales y a la comunidad y seguridad y medio ambiente en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020

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2. La Dirección General de Formación seleccionará y designará a las personas que
realizarán las funciones de asesoramiento y de evaluación entre aquellas que se encuentren
habilitadas para su desempeño, según las necesidades del procedimiento, previa aceptación
de las condiciones de participación en el mismo. Las personas designadas como asesoras
no podrán participar como evaluadoras, y viceversa.
3. Las compensaciones económicas a percibir por los expertos que realicen las funciones de asesoramiento y de evaluación serán las establecidas en la ORDEN de 9 de abril
de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID núm. 100, de 27 de abril de 2020).
Decimonoveno
Financiación
La presente convocatoria se financiará con cargo a la partida 22706 del programa vigente 241A del centro gestor 200170000 de los vigentes presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, pudiendo ser financiado por el Ministerio de Trabajo y Economía
Social, en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020
y con otros fondos procedentes de transferencias del Servicio Público de Empleo Estatal.
Vigésimo
Sistemas de gestión de calidad
El presente procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales se dotará de sistemas de gestión de la calidad, con el fin de asegurar que se logren los
objetivos y se cumplan las finalidades y los principios establecidos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Como mecanismos de verificación que aseguren la calidad, el rigor técnico y la validez del proceso se facilitarán cuestionarios de evaluación para todas aquellas personas participantes e intervinientes en el procedimiento.
Vigesimoprimero
Publicación
De acuerdo con el artículo 13, apartado 4, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio,
de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, la
presente Orden de convocatoria se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y un extracto de la misma en el “Boletín Oficial del Estado”.
Vigesimosegundo
Habilitación
1. Se habilita a la Dirección General de Formación para adoptar las medidas necesarias para la efectiva aplicación y cumplimiento de la presente convocatoria.
2. En el supuesto de que se produzca la modificación del contenido normativo de las
cualificaciones profesionales convocadas y el presente procedimiento no haya finalizado,
se habilita a la Dirección General de Formación a dictar cuantas instrucciones sean necesarias para ajustar los nuevos contenidos de la cualificación a los requisitos de acreditación
de la actual convocatoria.
Vigesimotercero
1. El tratamiento de datos de carácter personal durante la tramitación del presente
procedimiento respetará lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. La participación en este procedimiento conllevará el consentimiento expreso de la
persona solicitante a que los datos aportados por la misma sean utilizados para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la verificación y la auditoría que se realicen.

BOCM-20200708-13

Recogida y tratamiento de datos